Viernes 29 de enero de 2010
La población desplazada: ¿beneficiarios menesterosos o ciudadanos con deberes y derechos?
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Ana María Ibáñez

El gobierno anunció con su usual grandilocuencia una inversión de $1.5 billones de pesos para la población desplazada en el año 2010 (http://web.presidencia.gov.co/sp/2009/noviembre/19/10192009.html). Anuncio que celebro. Pero, al analizar algunos detalles de la política, surgen dudas de la verdadera efectividad de esta inversión para lograr su fin último: sacar a la población desplazada de la pobreza, promover su contribución como personas productivas a la sociedad y reparar su condición de víctimas.

Me explico. Tres etapas comprenden la asistencia a la población desplazada: la prevención, la ayuda humanitaria de emergencia y la estabilización socioeconómica. La atención humanitaria de emergencia, como su nombre bien lo indica, debe ser de emergencia, de corto plazo y atender a la población mientras se transita a los programas de estabilización económica. El éxito de la estabilización económica depende del Estado, que provee programas que permitan al desplazado recobrar su capacidad productiva, y de la persona desplazada, que se debe comprometer con su proceso de recuperación. Una vez se logra la estabilización socioeconómica, cesa la condición de desplazamiento y la familia recibe las ayudas usuales del Estado.

Esta responsabilidad compartida se desdibuja con la reciente modificación de la ayuda humanitaria de emergencia. La nueva ayuda otorga subsidios monetarios trimestrales (cheques) que van desde $910.000 a un poco más de $1.3 millones, dependiendo del tamaño de la familia. Si a esto se suman las ayudas de Familias en Acción, una familia desplazada de 5 miembros podría recibir ayudas trimestrales mayores a $1.5 millones, es decir mensualmente percibiría 87% de un salario mínimo (Aclaro que estas cifras no son exactas pues ha sido imposible conseguir un documento escrito de la política).

Esta política de corte asistencialista, tan conveniente en año electoral y que parece ha frenado la avalancha de tutelas, no es coherente desde un punto de vista económico y mucho menos desde la óptica de la reparación de las víctimas del conflicto. Por un lado, elimina los incentivos de la población desplazada para generar ingresos autónomos, crea una dependencia estatal poco conveniente y genera incentivos para posponer el tránsito hacia la cesación de la condición de desplazamiento. Desde la óptica de la reparación, una ayuda meramente asistencialista no dignifica a la población desplazada, ni los convierte en ciudadanos activos del país.

El Gobierno Nacional debe dejar de tratar a la población desplazada como beneficiarios menesterosos y mirarlos como ciudadanos con deberes y derechos. Sólo así iniciaremos un proceso de reconciliación entre ciudadanos en igualdad de condiciones.

COMENTARIOS

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abernal

3 marzo - 12:16 pm

De un tiempo para acá, el gobierno Nacional pareciése que tuviera un déficit de personas que realizaran un planeamiento a conciencia de las políticas a aplicar. Esto, sumado a que muchas de las políticas las están acelerando en vísperas de elecciones, me parece que estamos haciendo las cosas por hacer para comprometer presupuesto y quien quita, promocionar votos hacia ciertas personas.

Ana María, muy buena opinión.

juanflopez

1 marzo - 2:47 pm

Ana Maria

He sido seguidor de tus articulos y comentarios en materia de Generacion de ingresos para la poblacion en situacion de desplazamiento.

quiero en esta ocacion realizar algunas observaciones a este articulo puesto que me parece que al elaborar el contenido faltaron algunos presiciones.

1- la atencion humanitaria de emergencia segun la ley 387 de 1997 era tan solo por tres meses prorrogables maximo por tres meses mas.

pero la corte constitucion le obligo al gobierno Nacional a dar a la poblacion en situacion de desplazamiento atencion humanitaria hasta que la poblacion se encuentre en condiciones de autosostenerse lo que puede ser por un tiempo indefinido, ademas la Corte derogo el paragrafo del articulo 18 de la ley 387 el cual establecia "El Desplazado cooperara en el mejoramiento, restablecimiento, consolidacion y estabilizacion de su situacion".

2- las ayudas humanitarias no son trimestrales cada uno de las solicitudes que se le realizan se analizan...

Ludópata

30 enero - 8:51 pm

Ana María, interesante y oportuna la reflexión. Qué opinas de la política de generación de ingresos para población desplazada (Conpes 3616 de 2009)? Hay algo alentador en el diagónstico o en las medidas que se esperan tomar?

Blogoeconomia

1 Febrero - 11:00 am

Aunque es un primer paso, me parece que es una política más bien tímida. Les faltó idearse instrumentos innovadores e invertir la cantidad de recursos que se requieren para lograr los objetivos que se plantean.

noestabancogiendocafe

30 enero - 8:41 am

Por Uribe perdimos 8 añitos...estamos dispuestos a perder más

Examina tu conciencia y ella te respondera claramente.

Jalule

29 enero - 8:18 pm

Con todo el respeto: el Gobierno no DEBE nada. No DEBE nada a los desplazados, porque no son una masa fuerte sino en votos, su único poder es ser una maquila de votos. Los que DEBEN hacer algo al respecto son los centros de estudios económicos de las universidades llegándole al ciudadano común y desasnándolo, enseñándole el cómo puede él aportar y cuidar, desde lo civil, a los desplazados en Colombia.

No le pidan a un gobierno que ha andado en 8 años de campaña, que sea responsable de algo. Esta gente no sabe ser responsable.

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