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Más allá de lo que diga Santos, falsos positivos podrían quedar impunes

Entre abrazos y felicitaciones de parte de congresistas y militares Juan Carlos Pinzón consiguió darle a los militares lo que más ansiaban: devolverles el fuero penal militar que tenían antes de los falsos positivos. Foto: Juan Pablo Pino

Ayer, en la Conferencia Nacional de Derechos Humanos, el presidente Juan Manuel Santos, refiriéndose a los falsos positivos, dijo que él es “el primer interesado en que no haya impunidad porque ese tipo de crímenes no se pueden perdonar”. “Tengan la seguridad de que nosotros vamos a estar vigilantes, porque queremos que este tristísimo episodio (de los falsos positivos ) realmente pase a la historia", agregó el mandatario. Sin embargo, a pesar de que era consciente de que si se aprobaba la reforma al fuero penal militar no podría garantizar que los casos de falsos positivos siguieran en la justicia ordinaria, el Gobierno prefirió complacer a los militares e impulsar la iniciativa hasta el final.

El Ministro Juan Carlos Pinzón dijo en el Congreso y en varias entrevistas que los falsos positivos permanecerán en la justicia ordinaria dado que en la ley aprobada las ejecuciones extrajudiciales quedaron excluidas de la justicia penal militar. Sin embargo, el Ministro sabe que hoy en día las ejecuciones extrajudiciales no están tipificadas como delito en Colombia.

Así lo reconoce, incluso, un documento del Ministerio de Defensa expedido en 2010 con los avances en el cumplimiento de las 15 medidas adoptadas para ponerle fin a los falsos positivos. En el apéndice dice el Ministerio explícitamente que “La ley colombiana no contempla el delito de “ejecución extrajudicial”. Aclara que esas conductas han sido recogidas en la legislación nacional a través del delito de homicidio agravado o de homicidio en persona protegida.

Pero a pesar de que José Miguel Vivanco, el director de Human Rights Watch, advirtió públicamente que excluir las ejecuciones extrajudiciales de la justicia penal militar sin que antes éstas hubieran sido convertidas en delito por una ley estatutaria era igual que nada, tanto el Gobierno como los senadores ponentes –a excepción de Armando Benedetti- se hicieron los de los oídos sordos.

"Si el Ministro de Defensa estuviera tan comprometido con prevenir el traslado de falsos positivos a la justicia penal militar, ¿por qué se negó a incluir el homicidio agravado y homicidio en persona protegida en el listado de delitos expresamente excluidos del fuero militar?", dijo Vivanco a La Silla.

 

Las definiciones de Pinzón

En una carta enviada el 12 de marzo de este año a Todd Howland, Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, en relación al informe anual presentado por esta entidad, Pinzón manifiesta su preocupación por el calificativo de “ejecuciones extrajudiciales” aplicado por la ONU a casos aún bajo estudio de la Fiscalía. Es decir, a casos como los miles que están actualmente en la justicia ordinaria y que el Fiscal Montealegre tendrá un año para decidir si de acuerdo a la nueva Constitución deben ir a la justicia penal militar.

“No se explica este Ministerio cómo conductas que se dieron en el marco de acciones militares y policiales atendiendo la misión constitucional y legal de la Fuerza Pública, hoy se califiquen a priori por parte de la Oficina de la Alta Comisionada como “ejecuciones extrajudiciales”. Lo anterior toda vez que los casos expuestos son actualmente objeto de investigación por parte de la Fiscalía, por lo cual consideramos jurídica y políticamente improcedente el término empleado de “ejecuciones extrajudiciales”, dice Pinzón. Aclara, además, que no todos los 1622 casos contra militares por homicidios investigados por la Fiscalía corresponden a los casos de los mal llamados “falsos positivos”.

De hecho, a juzgar por la carta enviada por Pinzón a Vivanco el 3 de diciembre, lo que jueces de segunda instancia catalogaron como típicos casos de falsos positivos el Ministro considera que son “una baja ocurrida en combate”.

La carta a Vivanco

En su carta a Vivanco, Pinzón hace referencia a algunos casos puntuales que, en su opinion, “evidencian la alarmante situación de militares condenados por bajas ocurridas en combate.” Y los tres casos que ofrece son casos que a la Corte Suprema o a tribunales superiores les parecieron casos evidentes de falsos positivos.

Desde que inició el trámite en Congreso de la Reforma al Fuero Militar, José Miguel Vivanco ha planteado dudas sobre si ese fuero, en Colombia, genera impunidad.
En varias ocasiones el Ministro de Defensa Juan Carlos Pinzón, ha defendido el argumento de que el fuero militar no genera impunidad, sino que es una voz de aliento para que los militares sigan ganando la guerra.

El primer ejemplo que ofrece el Ministro es una sentencia del Tribunal Superior de Antioquia de septiembre de 2011. Pinzón dice que se trata de “muerte en combate de presuntos milicianos del Eln”.

El Ministro lo utiliza como ejemplo de la incomprensión del principio de proporcionalidad del Derecho Internacional Humanitario por la justicia ordinaria, sugiriendo que a estos militares los condenaron porque hicieron un ataque, y que el juez habría pedido que solo respondieran defensivamente a una agresión. Cuando en realidad lo que muestra la sentencia de casación de la Corte Suprema es que nunca hubo un combate. Lo que hubo fue un homicidio fuera de combate.

“Nelson Abad y su compañera Jessica Marcela fueron sacados abruptamente de su casa, no obstante la oposición de la progenitora, para luego hacerlos pasar por muertos en combate, el cual acorde con las pruebas no acaeció”, dice la sentencia, reiterando que se trató de un falso positivo.

El segundo caso que ofrece Pinzón es la condena a 33 años a miembros del Ejército por “combates contra la cuadrilla “Carlos Alirio Buitrago” el 3 de junio de 2004.

En esta, el Ministro critica el fallo porque supuestamente habrían condenado a los militares porque atacaron teniendo superioridad numérica frente a los guerrilleros. Pero según el resumen de los hechos realizado por la Corte Suprema, no hubo combate sino un falso positivo.

En este caso, un grupo de contraguerrilla del Ejército, acompañado de tres encapuchados, llegó a las 7:30 de la mañana a una vereda del municipio de Cocorná en el Oriente Antioqueño y se llevó a un campesino que estaba cortando caña acusándolo de hacer parte del ELN. Al día siguiente entregaron el cadáver baleado en la morgue del hospital.

Pinzón define el tercer caso como “muerte presunto guerrillero ELN” por el cual un oficial y tres suboficiales fueron condenados a 40 años de prisión. Este también se trata de un falso positivo, según la sentencia del Tribunal Superior de Valledupar.

En este caso el muerto vestía un camuflado que le quedaba tan pequeño que, según el Tribunal, ni siquiera alcanzaba a cubrirle el abdómen y los pantalones ni siquiera le cerraban. Además, la munición utilizada por los soldados no correspondía a las vainillas encontradas en el lugar del supuesto combate.

“Las dos circunstancias que tienen relacionadas y analizadas son claros indicadores que la persona no perdió la vida en un combate armado propiamente dicho”, concluye el Tribunal.

Lo que vendrá

Si el Ministro de Defensa del Presidente que dice ser “el primer interesado” en que los falsos positivos no queden en la impunidad considera que estos casos “evidencian la alarmante situación de militares condenados por bajas ocurridas en combate”, como dijo en su carta a Vivanco, es fácil anticipar lo que vendrá ahora.

La Corte Constitucional ha desarrollado jurisprudencia que dice que las violaciones de derechos humanos rompen la relación con el servicio y por lo tanto, no deben ser juzgadas nunca por la justicia penal militar. Pero con la actual reforma al fuero penal militar precisamente eso cambió en la Constitución.

Ahora quedó explícito en la reforma constitucional aprobada que “cuando la conducta de los miembros de la Fuerza Pública en relación con un conflicto armado sea investigada y juzgada por las autoridades judiciales, se aplicará siempre el Derecho Internacional Humanitario.” Y que todas las infracciones al DIH cometidas por miembros de la Fuerza Pública, salvo los siete delitos excluidos, serán conocidos exclusivamente por los jueces militares.

Suponiendo que exista el interés por parte del Gobierno y el Congreso en darle la máxima celeridad a la aprobación de la ley estatutaria que defina como delito a las ejecuciones extrajudiciales esta no entrará a regir antes de diciembre del 2013. Mientras transcurre ese año, los abogados de los militares investigados por la Fiscalía por falsos positivos seguramente pedirán que su caso pase a la justicia penal militar ya que el homicidio en persona protegida o el homicidio agravado (los dos delitos por los cuales son juzgados los falsos positivos) no están en la lista de los excluidos de la justicia penal militar. Tanto Pinzón como los ponentes no solo se resistieron a incluirlos sino que rechazaron de plano la propuesta del senador Benedetti de meter un párrafo transitorio que dijera que la reforma empezaría a operar solo cuando esa ley estatutaria estuviera aprobada.

Entonces ahora el Fiscal Montealegre tendrá que resolver ese dilema. Lo tendrá que hacer, además, bajo los ojos vigilantes de la Corte Penal Internacional, que en noviembre en su informe anual sobre Colombia dijo que hay bases razonables para pensar que los falsos positivos fueron el resultado “de una política institucional o de Estado para cometer esos crímenes” y que de ahora en adelante, el examen preliminar de la situación en Colombia se concentrará, entre otras cosas, en monitorear qué pasa con la investigación de estos crímenes.

¿Podrá Santos garantizar que ese "tristísimo episodio" de los falsos positivos, cometidos cientos de ellos mientras él era Ministro de Defensa, pasará definitivamente a la historia y que no quedarán impunes?

 

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COMENTARIOS

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Fernando Meza Ayala

15 diciembre - 3:38 pm

Insisto en cómo el poder dominante y opresor existente se adueña cínicamente hasta de la lengua(de la academia de la lengua!).Yo me pregunto : ¿Si a los asesinados y desaparecidos DEL PUEBLO por las fuerzas armadas de un país LOS DENOMINAN "FALSOS POSITIVOS"...QUÉ SERÁN ENTONCES "LOS CIERTOS NEGATIVOS"?...Serán las masacres y los genocidios de los paras con el ejército del establecimiento?...A eso le agregamos una bárbara guerrilla que mata y hace sufrir a parte del pueblo EN NOMBRE DEL PUEBLO...Definitívamente la mayoría de los que nos Re-presentan sólo se representan a sí mismos.!!!

Oscar Cañas Fajardo

15 diciembre - 9:42 am

EL MINISTRO LO SABÍA Y ESE ERA SU OBJETIVO; ILUSOS LOS QUE CREEN QUE AL MINISTRO LE INTERESA LA DEFENSA DE LOS DERECHOS HUMANOS. EL ESTADO DE DERECHO ESTA CONCEBIDO PARA ESO, PARA LEGALIZAR CON EL CONGRESO LOS DELITOS DE LAS MINORÍAS.

juan manuel rodríguez cárdenas

15 diciembre - 9:57 am

Muy importante su comentario, Óscar. Pero recuerde que en múltiples ocasiones se nos ha recomendado no escribir en letra grande, porque así se grita. Y también daña la vista.

antonio ramiírez caro

14 diciembre - 7:56 pm

Y quién tendría la valentía de ponerle el casbael al gato?

Isabel

14 diciembre - 4:54 pm

Una pregunta, Juanita:

¿Tienen alguna idea de quién preparó dentro del Ministerio esta carta? ¿Que se refiera a casos que de hecho contradicen los argumentos a favor del fuero militar es una chambonada jurídica o a una estrategia meditada para desacreditar dichos casos?

johnrolo

14 diciembre - 3:33 pm

Se siguen tapando

Dalinye

14 diciembre - 2:01 pm

Qué vergüenza....

Enrique Machado

14 diciembre - 1:35 pm

Los colectivos de abogados enviaron una gran cantidad de casos de desaparición forzada a las cortes internacionales, casos que ya habían surtido los trámites Colombianos. Supongo que terminarán todos en tribunales internacionales por que nuestra justicia peresoza para mover estos temas provocara esa conducta jurídica. No creo que queden en la impunidad, le darán al ejército Colombiano el desprestigio bastante averiado que tiene en esas cortes. Por muchos fiscales parceros, jueces venales, maquilladores profesionales estoy seguro que terminarán siendo juzgados y condenados los responsables. El ministro provocador para nada es una ayuda, lo contrario su provocación justamente lograra que nuestra justicia sea intruida por la internacional. Ojalá, espero que mi optimismo me ayude.

Isabel

14 diciembre - 12:00 pm

La carta del Ministro en verdad da miedo. Frente al caso del supuesto guerrillero vestido con un pantalón que no le cerraba la respuesta es increíble (ver página 4) "¿Los combates solo se dan entre personas vestidas con su talla adecuada, con armas largas y separados por una distancia adecuada?". Parece un chiste. O más bien, pare que considera un chiste las evidencias forenses.

¿El Ministro estaría consciente de lo que estaba firmando? ¿Conocerá realmente los casos de los que se sacaron las citas para respaldar sus argumentos? ¿Se hizo un autogol o manipuló la información con conocimiento de causa?.

rubiela dayana

14 diciembre - 11:48 am

Para la Silla Santos fue el prohombre de los falsos positivos porque lucho denodadamente cuando fue ministro para que no se siguieran comentiendo, aunque se siguieron comentiendo, lucho no renuncio, lucho no divulgo, como candidato lucho, la impunidad siguío, lucha ahora en la presidencia. No alcanzo a entender como podemos exonerar a Santos Ministro de Defensa de crimenes tan atroces, pero bueno, cuándo defendian a Santos como opción avanzada y técnica nos decía que era lo más cercano al mundo desarrollado, y que Mockus era muy bobito para defendernos de Chavez, ahora nos dicen que no pdoemos compararnos con otros que toca aceptar a SAntos así no más. Vaya raro el santismo elitista de los santistas periodistas colombianos, quería un país igualito pero diferente.

¿Tiene más información sobre lo que publicamos aquí o nueva información que deba salir en este espacio?

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