La imagen de requisitos para las curules afro es de un proyecto de ley archivado.
Desde el 14 de marzo circula en Twitter una imagen de los supuestos requisitos que deben cumplir los ciudadanos afrocolombianos para aspirar a las curules afro del Congreso.
Esa imagen se está compartiendo en torno a la candidatura del uribista Miguel Polo Polo, quien con más de 35 mil votos fue elegido para ocupar una de las dos curules afro de la Cámara de Representantes. Quienes la comparten afirman que Polo Polo no cumpliría los requisitos para posesionarse.
Como usuarios nos pidieron verificar esa información y encontramos que otros han replicado la misma información (acá, acá y aquí) y también ha sido compartida en Facebook (acá y aquí), le pasamos el Detector de Mentiras y encontramos que es falsa porque se trata de un proyecto de ley presentado en 2020 que terminó archivado y según los requisitos vigentes, la candidatura y eventual posesión de Miguel Polo Polo no sería inválida.
Este es uno de los trinos:
Quien dijo yo para tumbar la curul de polo polo? Claramente no cumple con el numeral 2, los afro de verdad no pueden ser irrespetados de esta manera pic.twitter.com/Fl43oD0FyE
— LEONARDO RAMÍREZ (@lastimada100) March 14, 2022
La imagen es de un proyecto de ley archivado
En algunas de las publicaciones que circulan se afirma que la imagen de los supuestos requisitos corresponde al artículo 3 de la ley 249 de 2001. Sin embargo, más allá de las publicaciones de Facebook y Twitter no encontramos rastro de esa supuesta ley.
De hecho, desde la Constitución de 1991 las leyes se numeran de forma continua, por lo que la ley 249 es de 1995 y la más reciente es la ley 2201, del 3 de marzo. Es decir, en 2001 no hubo ninguna ley 249.
En su lugar, como muestra una búsqueda en Google de un fragmento del texto de la imagen, hubo un proyecto de ley con ese número, presentado el 20 de julio de 2020 por el congresista de Colombia Renaciente, Jhon Arley Murillo Benitez, quien ocupa una de las dos curules afro de la Cámara. También lo firmaron otros congresistas como Faber Muñoz de la U, la liberal Elizabeth Jay-Pang y Juan Luis Castro, senador del Partido Verde.
El proyecto buscaba reglamentar esa circunscripción afro para evitar que llegaran a ella personas que no son afro, y por eso proponía modificar los requisitos de los candidatos a esas curules.
Sin embargo, el proyecto fue archivado y no pasó ni a primer debate.
La reglamentación de las curules afro es otra
Según el artículo 176 de la Constitución Política, en la Cámara de Representantes hay circunscripciones territoriales y cinco curules de circunscripciones especiales: dos para comunidades afros, una para comunidades indígenas y otra para los colombianos en el exterior.
El artículo lo reglamentó la ley 649 de 2001, que establece los requisitos que deben cumplir los candidatos a esas curules. En el caso de las comunidades afro, debe ser miembro de la comunidad por la que aspira y estar avalado por una organización inscrita ante la Dirección de Asuntos de Comunidades Negras del Ministerio del Interior.
La candidatura de Polo Polo no sería inválida
Las publicaciones afirman que la candidatura del uribista Miguel Polo Polo, quien logró una de las curules afro con más de 35 mil votos, sería inválida porque no cumple los requisitos del proyecto de ley. Sin embargo, según la ley 649 de 2001, sí sería válida.
A Polo Polo, quien es afrocolombiano, lo avaló el Consejo Comunitario de Comunidades Negras Fernando Ríos Hidalgo, una comunidad que está inscrita ante la Dirección de Asuntos de Comunidades Negras.
En suma, la imagen que circula no corresponde a los requisitos que deben cumplir los ciudadanos afrocolombianos para aspirar a las curules afro del Congreso y se trata de un proyecto de ley que fue archivado. Además, según los requisitos vigentes, la candidatura y eventual posesión de Miguel Polo Polo no sería inválida. Por eso calificamos la publicación como falsa.
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