El título es falso pues la Procuraduría no puede impedir ni permitir (dar vía libre) la extradición
La nota de El Nodo que asegura que la Procuraduría dio vía libre a la JEP para extraditar a Jesús Santrich es engañosa.
El pasado 8 de marzo, la Procuraduría envió un concepto a la Sala de Revisión de la JEP sobre el caso, argumentando que se le debe extraditar porque existen elementos suficientes para considerar que los hechos por los que los solicita Estados Unidos, no se dieron con causa, ocasión o en relación directa o indirecta con el conflicto armado y ocurrieron después de la firma del Acuerdo de Paz.
El concepto también indica que el trámite de estudio que está haciendo la JEP sobre el caso Santrich debe pasar a la Corte Suprema de Justicia. “(…) remitir el expediente objeto de estudio a la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Penal, que a nuestro juicio es la competente para emitir concepto previo a la decisión de extradición”.
La Procuraduría considera que ni esa entidad ni la Jurisdicción de Paz le corresponde “realizar ningún análisis probatorio que conduzca a determinar la existencia de la conducta y sus circunstancias, el análisis de la adecuación típica o responsabilidad penal y, mucho menos, abrir debates contradictorios propios de un proceso judicial ordinario”.
Así lo expresó el procurador Fernando Carrillo en Twitter:
En el caso Seuxis Paucias Hernández Solarte la ?@PGN_COL? conceptuó ante la ?@JEP_Colombia? que no procede la garantía de no extradición pic.twitter.com/qEd7l0t8Vd
— Fernando Carrillo F. (@fcarrilloflorez) 8 de marzo de 2019
Aunque la nota de El Nodo usa información correcta, su título es falso pues la Procuraduría no puede impedir ni permitir (dar vía libre) la extradición, sino solo dar un concepto que la JEP puede acatar o no.

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