Al chat de WhatsApp de La Silla Vacía (+57 310294010) llegó una cadena que dice que en la reforma pensional del Gobierno se elimina “la mesada adicional o prima de navidad para todos los pensionados de Colombia”.

Como nuestros usuarios nos pidieron chequear esa información, le pasamos el Detector de Mentiras y encontramos que es engañosa. Aunque la propuesta inicial de reforma pensional derogaba el artículo de la Ley 100 que estipulaba la mesada de diciembre, en el texto se aclaraba que serían 13 mesadas anuales: las de cada mes y una adicional. En el texto de la ponencia finalmente se especifica que esa mesada continúa.

Esta es la cadena que está circulando:

Se deroga el artículo, pero se aclara que seguirán siendo 13 mesadas

Una mesada es el pago mensual que recibe una persona que cumplió los requisitos para pensionarse. Además de las 12 mesadas que recibe un pensionado al año, con la Ley 4 de 1976 se creó la mesada 13, que se paga en diciembre y aplica para todos los pensionados. Este beneficio se ratificó en el artículo 50 de la Ley 100 de 1993.

El proyecto de ley que el gobierno radicó el 22 de marzo sí derogaba el artículo 50 de la Ley 100 que establecía el pago de la mesada de diciembre para los pensionados. 

Sin embargo, en el artículo 32 del proyecto de ley se especificó que a los pensionados se les pagarán 13 mesadas anuales. 

El 14 de abril el Ministerio de Trabajo también salió a aclarar que se mantenían las 13 mesadas anuales para los pensionados.

En todo caso, en la ponencia que finalmente se radicó en la comisión séptima del Senado el 30 de mayo se hizo explícito que no eliminarían esa mesada. El artículo 89 de la ponencia mantiene la redacción del artículo 50 de la Ley 100, que establece el pago de la mesada de diciembre.

Además, se cambió el artículo de derogatorias. Ahora no se especifican los artículos que van a ser derogados, sino que solamente establece que “deroga las disposiciones que le sean contrarias”.

En conclusión, es engañoso que la reforma pensional elimine la mesada 13 o mesada de diciembre para los pensionados. Aunque en el proyecto inicial sí se derogaba el artículo de la ley 100 que garantizaba este beneficio, en el proyecto en el artículo 32 se aclaraba que se seguirían pagando 13 mesadas anuales. Además, en la ponencia de la reforma se hace explícito que no se elimina, pues se incluye un artículo que establece que los pensionados seguirán recibiendo la mesada de diciembre. 

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