En medio del estudio de una tutela que interpuso la comunidad raizal, con apoyo de la Universidad del Rosario y otras organizaciones, la Corte Constitucional estableció medidas cautelares que deberán cumplir tres entidades del Gobierno.
Por un lado, el ministerio de Vivienda y la Unidad Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres Naturales deben identificar las viviendas de San Andrés “que presentan problemas de vertimiento en el ambiente de las aguas negras domésticas” y adecuarlas en veinte días.
En segundo lugar, la Ungrd también debe enviar datos concretos de cómo avanza la reconstrucción de viviendas, hoteles, establecimientos de comercio, el hospital y la infraestructura del alcantarillado. La Universidad del Rosario había argumentado que “no existen cifras contundentes y cronogramas públicos que permitan a la comunidad raizal conocer con exactitud el proceso de reconstrucción del Archipiélago y hacer veeduría al mismo”.
Por último, la Corte ordenó vincular a la Agencia Nacional de Tierras para que informe sobre las gestiones que se han realizado en el municipio de Providencia y Santa Catalina desde el 14 de noviembre de 2020 hasta la actualidad. La idea es “adelantar un posible proceso y reconocer a los mencionados municipios como propiedad colectiva de la comunidad raizal”.