El decreto 1207 de 2021 que fue expedido durante el gobierno de Iván Duque, fue declarado inconstitucional por vicios de procedimiento. Este reglamentaba la elección de las circunscripciones transitorias especiales de paz.
La procuradora Margarita Cabello había pedido que se tumbara este porque no se sometió a control previo de la Procuraduría.
¿Qué implica para las curules?
La Corte aceptó un concepto de la procuradora Cabello que les servía de salvavidas a las curules. Cómo ya lo habíamos contado antes, esta decisión podría beneficiar a las curules de paz cuestionadas. Como la de John Freddy Núñez, de la circunscripción de Huila y Caquetá, quien fue el que pidió a la Corte que declarará este decreto inexequible.
Lo cual le conviene, ya que el decreto —en las prohibiciones e inhabilidades— dicta que los miembros de las curules no podían haber sido candidatos o directivos de partidos que hayan existido en los cinco años anteriores. Y Núñez era directivo del hoy desaparecido Opción Ciudadana.
Esta decisión tendría impacto también en otras curules de paz, por ejemplo, la de Jorge Tovar Pérez —hijo del paramilitar ‘Jorge 40’—, elegido por la circunscripción de paz de Cesar, La Guajira y Magdalena.
La Corte Constitucional aclaró que esta decisión no afecta las 16 curules existentes ni cómo se elegirán en un futuro.