La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) rechazó en segunda instancia la acción de tutela que interpuso el coronel (r) Jorge Plazas Acevedo por la presunta vulneración de sus derechos fundamentales y al debido proceso.
Plazas interpuso la tutela luego de que la Sección de Apelación del Tribunal para la Paz le negara su sometimiento por cuatro secuestros extorsivos, así como la concesión del beneficio de libertad transitoria.
El JEP consideró que el ánimo de lucro y que el secuestro extorsivo fue ante todo una fuente de financiación de los grupos guerrilleros y no de los agentes estatales.
En todo caso, el comunicado de la JEP señala “si el solicitante aporta verdad plena y detallada en los casos por los cuales fue admitido a la JEP (homicidio de Jaime Garzón Forero, masacre de Mapiripán, homicidio de los investigadores del CINEP Mario Calderón y Elsa Alvarado y el homicidio de Marino López durante la Operación Cacarica), e igualmente demuestra la existencia de un vínculo entre los cuatro secuestros extorsivos y el conflicto armado interno, su admisión plena a la JEP podrá ser reexaminada”.
Plazas está condenado por la justicia ordinaria por concierto para delinquir, secuestro y homicidio.