La ley contra la censura que pende de un hilo en el Congreso

La ley contra la censura que pende de un hilo en el Congreso
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La censura judicial contra la prensa y contra defensoras y defensores de derechos humanos se suma a las distintas presiones y amenazas que estas personas tienen que vivir por su trabajo. Actualmente, el Congreso tiene en la cuerda floja un proyecto de ley que podría ayudar a acabar este problema. 

Se trata del proyecto de ley que crea normas anti-Slapp (Strategic Lawsuit Against Public Participation, o Pleito Estratégico contra la Participación Pública). Es una iniciativa que promovemos desde El Veinte y que se centra en el uso abusivo del sistema judicial con el fin de silenciar: personas poderosas, como empresarios, políticos o abogados famosos, presentan demandas civiles o denuncias por injuria y calumnia contra personas que denuncian temas de interés público.

En Colombia tenemos buenos ejemplos que algunos periodistas expusieron el 25 de octubre en un foro en la Comisión Primera del Senado. Por lo general, el problema del acoso judicial cae sobre periodistas regionales sin dinero para defenderse y con mucho trabajo que hacer. Muchas partes de Colombia a duras penas tienen uno o dos medios de comunicación, por lo que tener a su único, o uno de sus pocos periodistas, significa un silenciamiento grave del debate público.

El proyecto de ley no tuvo mucha bienvenida en la Comisión Primera. En un primer debate el 1 de septiembre, varios senadores mostraron que su posición sería la de hundir la ponencia de Rodrigo Lara sobre esta iniciativa. Muchos de estos parecían más inspirados en sus peleas personales con algunos medios y en un miedo injustificado a quedarse sin herramientas para defender su honra y buen nombre.

Pero esta idea es muy alejada de la realidad. En la mayoría de casos, por no decir que todos, las personas denunciadas o demandadas salen victoriosas. Es decir, el proceso muy pocas veces resultará dándole la razón a quien inicia el litigio. Pero, antes de llegar a eso, tienen que pasar años de desgaste. Un ejemplo es el del periodista Eduardo Kimel en Argentina. Él tuvo que enfrentar un proceso penal por criticar a unos jueces. Después de muchos años de batalla legal, la Corte Interamericana de Derechos Humanos señaló que “el señor Kimel fue desacreditado en su labor como periodista; sufrió ansiedad, angustia y depresión; su vida profesional se vio menoscabada; se afectó su vida familiar y su estabilidad económica, y padeció las consecuencias de un proceso penal”.

Defenderse cuesta tiempo, dinero, estrés y trabajo. En lugar de pasar su tiempo entre audiencias, visitas a juzgados o a fiscalías, los periodistas y los defensores y defensoras deberían estar haciendo su trabajo. En cambio, pasan cosas como que el periodista Juan Pablo Barrientos tenga que enfrentar seis tutelas de sacerdotes que buscan silenciar su libro que denuncia la pederastia en la iglesia católica. O también pasan casos como el que denuncia la Fundación para la Libertad de Prensa (Flip) sobre Abelardo de la Espriella. En enero de 2021, esa organización indicó tener registros de catorce casos iniciados por ese abogado en contra de periodistas “bajo el argumento de que las opiniones sobre su persona y ejercicio profesional generan supuestamente una afectación al buen nombre y la honra”. Mientras que a un abogado como De la Espriella le queda fácil presentar una denuncia o demandar, pues es dueño de una de las firmas más poderosas del país, la contraparte por lo general tiene muchas menos capacidades para enfrentar el litigio.

Por esto, la idea es establecer herramientas como las que existen en Estados Unidos, Australia y Canadá, o como se están proponiendo en la Unión Europea: cualquier persona que es sujeta a un proceso judicial con fines intimidatorios contra su libertad de expresión debe tener derecho a pedir que los jueces archiven el caso antes de que avance, en lugar de permitir que dure años y años. En estas leyes, contrario a lo que decían algunos de los senadores, hay garantías para que existan sanciones en esos casos en los que de verdad existe un abuso contra la honra, buen nombre o privacidad de otra persona.

Crear una norma de este estilo es una obligación internacional de los Estados. Los relatores de libertad de expresión de la Cidh, de la ONU y de sus equivalentes en Europa y en África dijeron recientemente que es necesario que leyes de este tipo existan para garantizar la libertad de expresión.

En el caso de Colombia, la situación es mucho más explícita: dentro de las muchas obligaciones que estableció la Corte Interamericana de Derechos Humanos en la sentencia del caso de Jineth Bedoya está la de crear una “política integral para la protección de los y las periodistas [para] garantizar que los y las periodistas que laboran en los medios de comunicación gocen de la protección y de la independencia necesarias para realizar sus funciones a cabalidad”.

Esto no se limita a ponerle guardaespaldas a un periodista que reciba amenazas. Se trata de crear las condiciones para que puedan hacer su trabajo sin miedo a represalias. Esto incluye la posibilidad de quitarse de encima las presiones judiciales cuando lo único que están haciendo es su trabajo.

Como en muchos otros momentos, los congresistas están frente a la pregunta de si prefieren el bienestar general o sus intereses personales. 

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*Este es un espacio de opinión y debate. Los contenidos reflejan únicamente la opinión personal de sus autores y no compromete el de La Silla Vacía ni a sus patrocinadores.

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