2 jueces le responden a Claudia López: “no respeta la independencia de poderes”

2 jueces le responden a Claudia López: “no respeta la independencia de poderes”
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Hermens Darío Lara, magistrado del Tribunal Superior de Bogotá y José Anderson Beltrán, juez de garantías de Bogotá.

La andanada de Claudia López contra la justicia no para, pero por primera vez algunos se atreven a responder. La Silla Vacía publica dos testimonios de jueces de la República, tras los reclamos reiterados de la alcaldesa de Bogotá.

El último fue luego de que una juez dejó en libertad a 13 personas capturadas por la Policía, supuestamente en flagrancia, tras un hurto en Transmilenio. “¿Entonces lo que le sale barato al Estado es dejar que atraquen impunemente a los ciudadanos?”, dijo López refiriéndose al argumento de la togada que invocó los costos de recluir a 13 personas para no darles medida de aseguramiento.

Sin embargo, la juez 69 de garantías, también había explicado en la audiencia que la evidencia presentada por la Policía y la Fiscalía había sido insuficiente. Solo 150 mil pesos entre los 13, y solo un testigo que se declarara víctima de los acusados. 

Además, la Fiscalía no apeló la decisión.

No es la primera vez que la mandataria López cuestiona las decisiones de los jueces.

“Tienen que ser la rama judicial, no la rama de la impunidad”, había reclamado en el pasado.

Una reiteración que hace que estos dos jueces se animen a responder con nombre propio. 

Hermens Darío Lara - Magistrado del Tribunal Superior de Bogotá

La alcaldesa es lenguaráz. ¿Cómo así que la rama de la impunidad? Además de ridículo, le queda muy mal a una alcaldesa decir eso. No tiene presentación. Es una falta de respeto a la independencia de poderes. Esas declaraciones las hace porque no ha podido administrar la ciudad desde el punto de vista de la seguridad.

Los jueces cumplimos lo que dice la ley. ¿Y quién hace la Ley? Personas como Claudia López, que fue senadora.

Los políticos como ella creen que elevando penas los criminales van a dejar de delinquir, pero no es así. Yo le pregunto al país si las altas penas por violaciones de niños, extorsiones y secuestros han permitido que se reduzca esa clase de delincuencia. En mi carrera no he visto el primer escenario en el que las altas penas reduzcan esa criminalidad.

No se puede pretender, como quiere esta señora y más de uno en Colombia, que capturen y la gente vaya de una a la cárcel.

Hoy las personas quedan libres después de un mal procedimiento policial porque existen los jueces de garantías, que verifican que no haya habido violación a los derechos humanos. Si no existieran, a usted la podrían privar de la libertad o acusar de cualquier delito y se le va la vida en la cárcel tratando de defenderse de un delito que no cometió.

Pero hay personas autoritarias como Claudia López que no quieren la independencia de los jueces. Quieren que las cosas se hagan como ellos desean, sin que haya nadie que controle la acción de las autoridades. Pero si quieren un Bukelazo, que lo digan, y que haya una política de cero control de la autoridad judicial en relación con los derechos humanos.

Además, hay muchas razones por las que un juez puede dejar en libertad a las personas que tienen que ver con errores de procedimiento. Por ejemplo, si para cuando le llega el caso a un juez, pasaron 36 horas, tiene que ordenar libertad. Eso es lo que dice la Constitución y la ley.

Muchas veces se captura a las personas sin que haya flagrancia o que haya una labor investigativa buena y fundamentada y entonces el juez tiene que dejar en libertad a esas personas. Por lo general se cometen errores como que se yerre en la elaboración de los formatos de policía judicial, se recolecten en forma deficiente las pruebas o no se tenga información clara y precisa o versiones de testigos.

Se necesita es eficiencia en el sistema judicial, en la Policía y en la Fiscalía. Pero hoy los fiscales tienen muchos problemas para trabajar. Cada uno, por lo menos en Bogotá, tiene más de 3 mil indagaciones. Si alguien quiere denunciar un hurto de celular, que ni pierda el tiempo porque no hay policías ni fiscales suficientes para atender su caso e investigarlo.

La alcaldesa habla de personas que han capturado 11 veces y 11 veces quedan libres. Veamos el caso en particular. Seguramente esas 11 veces hubo errores de procedimiento. Y si no, ¿por qué los fiscales y el ministerio público no apelan las decisiones de los jueces?

En cuanto a que “8 de 10 capturados que quedan libres por orden de los jueces” [cómo ha afirmado López], hace un año le enviamos por CorJusticia un derecho de petición a la alcaldesa para que nos dijera de dónde saca las estadísticas. Nunca nos respondió. Hoy sigue con la misma estadística: 8 de 10. Mejor que la comunidad le pregunte a ella qué ha hecho durante este año con esos números. Es ella la que tiene que responderle a la comunidad, no los jueces. Si en un año todo sigue igual, ¿quién está faltando a su deber como autoridad, ella o los jueces?

Y si los delincuentes están en las calles por culpa de los jueces, yo me pregunto ¿por qué la alcaldesa no nos denuncia formalmente?

Yo reconozco que pueden haber errores judiciales en la toma de decisiones. Pero frente a esas situaciones específicas, existen las segundas instancias, las apelaciones. Si son tantas las ilegalidades, ¿dónde están las segundas instancias que revoquen las medidas ilegales?

José Anderson Beltrán- Juez de control de garantías de Bogotá

No hablaré de ningún caso concreto. Sin embargo, compartiré algunos ejemplos de situaciones hipotéticas que pueden vivir los jueces de garantías.

Por ejemplo, puede suceder que la Policía capture a dos personas cometiendo un hurto e incauten un celular. Además, que la víctima presente la denuncia. A pesar de esto, ¿por qué puede el presunto delincuente quedar en libertad?

Es posible que la Policía se demore en radicar el caso ante la URI (Unidad de Reacción Inmediata). Luego, puede tardar la asignación de un fiscal para que investigue el caso. Y también es posible que el fiscal al que le corresponda investigar esté tramitando otros casos prioritarios, y se tarde aún más en la presentación de la solicitud de audiencia.

Cuando se trata de un caso complicado con varios capturados, víctimas y múltiples elementos probatorios incautados también se demora la investigación. Eso incide en el tiempo que le toma a la Fiscalía presentar el caso ante un juez.

Luego de que se presenta el caso ante el juez de garantías, también puede suceder que no haya un juez disponible para atender la audiencia de manera inmediata. Puede estar trabajando en otras audiencias con vencimiento de términos. Eso implica que le devuelva el caso al fiscal y que este deba presentarlo nuevamente ante otro juzgado.

Por todo esto, es posible que se supere el tiempo límite que establece la ley (36 horas siguientes a la detención) para decidir sobre la legalización de la captura. En ese caso, el presunto delincuente debe quedar en libertad.

Esta situación es una de las consecuencias de la sobrecarga laboral del sistema judicial.

Veamos otro ejemplo. Se captura al presunto delincuente incurriendo en el delito, hay denuncia de la víctima y además un celular incautado. Pero si durante la captura o el periodo de detención el presunto delincuente es maltratado por las autoridades, debe dejarse en libertad porque no se respetó su dignidad humana.

Mejor dicho, así sea el delincuente más buscado por la ley, tiene derechos. Y si no se le respetan, la captura tendría que ser declarada ilegal y ser puesto en libertad.

Al momento de la captura, las autoridades deben informarle al detenido sus derechos: a permanecer en silencio, a un abogado y a una llamada, entre otros. Si no lo hacen, la captura también es ilegal y el detenido debe quedar en libertad.

Pero en mi experiencia no es tan frecuente que los capturados queden en libertad por errores de procedimiento.

Ahora veamos qué pasa con las medidas de aseguramiento privativas de la libertad, que es cuando la persona se tiene que defender en detención.

Para empezar, la privación de la libertad es excepcional, y la ley indica cuáles son los requisitos para aplicarla.

Primero el fiscal tiene que solicitar la medida de aseguramiento. Si no lo hace, la persona queda en libertad. Si el fiscal solicita una medida no privativa de la libertad, también queda libre. Y cuando un fiscal solicita una medida de detención, debo estudiar por qué otras medidas menos drásticas no son insuficientes.

Además, para privarle de la libertad a alguien, la pena mínima del delito por el que se le investiga debe ser mínimo de 48 meses. Si no es así, tiene que quedar en libertad. 

Asimismo, se debe cumplir con al menos uno de estos requisitos: La necesidad de proteger a la comunidad y a la víctima, de evitar la obstrucción a la justicia, y de evitar la no comparecencia a la investigación.

Yo dejo la pregunta abierta. Una persona que hurtó, pero que solo lo ha hecho una vez, que tiene arraigo, que no usó la violencia, ¿debe quedar detenida en un centro carcelario? ¿O con una medida distinta es suficiente?

Ahora bien, un investigado también puede quedar en libertad cuando el fiscal no sustenta bien la solicitud de la medida de aseguramiento. Como juez, solo valoro los elementos que presenta la Fiscalía y la defensa. No puedo sumar elementos que beneficien a ninguno de los interesados, ni completar la tarea a ninguna de las partes.

Por ejemplo, si el fiscal del caso no da elementos que prueben la necesidad de proteger a la víctima o a la comunidad, o que el presunto delincuente va a obstruir a la justicia o que no va a comparecer, es posible que quede libre, así haya sido capturado en flagrancia.

Sobre lo que ha dicho la alcaldesa Claudia López, es importante recordar que todas las autoridades públicas estamos obligadas a respetar a las otras autoridades. Las declaraciones de la alcaldesa, realizadas a través de medios de comunicación, en las que habla de la “rama de la impunidad” y asegura que los jueces estamos “del lado de la criminalidad” son notoriamente irrespetuosas con la labor responsable que ejercemos los funcionarios judiciales. Además, afectan la imagen institucional de la judicatura y desconocen la autonomía e independencia judicial.

Es importante comunicarle al ciudadano si alguien quedó libre o no, pero también por qué quedó en libertad. Es responsabilidad de todas las autoridades comunicar información veraz y completa a la ciudadanía. 

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