Por iniciativa del uribismo y del Mira el Congreso eliminó de la ley de procedimiento algunos artículos que tenían la palabra género, borró la palabra Lgbti y parte de la definición del enfoque de género.
Cambios a la JEP confirman miedos de feministas y Lgbti frente a Duque

Si el movimiento de mujeres y el movimiento Lgbti estaban prevenidos con el futuro de la garantía de sus derechos en el gobierno de Iván Duque, la iniciativa de la bancada uribista y del Partido Mira de cambiar la semana pasada el enfoque de género en la ley de procedimiento de la Jurisdicción Especial de Paz, JEP, confirmó sus miedos.
Como sucedió en la renegociación del Acuerdo de paz cuando los voceros del No limitaron el enfoque de género y tacharon la sigla Lgbti de buena parte del texto para ‘purgarlo’ de la supuesta ideología de género, la semana pasada la que será la nueva coalición legislativa de Duque aprobó las proposiciones de eliminar algunos artículos que tenían la palabra género y de borrar la palabra Lgbti y parte de la definición del enfoque de género en la ley de procedimiento.
Los cambios tienen consecuencias prácticas y efectos simbólicos y políticos.
Los cambios
Una comparación que hizo la organización internacional de mujeres Women’s Link Worldwide entre el texto de la ley de procedimiento de la JEP que aprobó el Congreso y el que presentó el Gobierno arrojó que en la versión final al menos nueve artículos que tenían la palabra género se eliminaron.
“Que los hayan quitado en algunos casos no es tan grave porque esas mismas protecciones están en la Constitución, en otras leyes o en la jurisprudencia de la Corte Constitucional, pero que estuvieran facilitaba el cumplimiento de las obligaciones por parte de la JEP,” le explicó a La Silla Mariana Ardila, abogada de Women’s Link.
“En algunos desarrollos específicos para la JEP, que no están en otras leyes las consecuencias sí son más graves para los derechos de mujeres y de niñas víctimas del conflicto armado. Sobre todo para las víctimas de violencia sexual,” agregó.
Uno de los artículos eliminados fue el 213 que obligaba a remitir a las víctimas de violencia sexual al sistema de salud. Esta obligación era importante porque una gran parte de estas víctimas no llegan al sistema de salud por las trabas, y que la JEP lo ordenara era un mandato claro para que las EPS las atendieran.
Otro fue el artículo 61 que limitaba el acceso al público y a medios de comunicación a las audiencias de ciertos casos para no revictimizar a las víctimas de violencia sexual. Esta protección, por ejemplo, no aparece en ninguna otra ley porque regula específicamente la actuación de la jurisdicción y como se eliminó queda en el aire si la JEP limitará o no el acceso.
También se eliminó el artículo que ordenaba a que la JEP reportara los casos de violencia sexual en el Sistema Registrado Unificado de Casos de Violencia contra la Mujer creado en la ley 1719 de 2014. Este artículo también era clave porque hay un subregistro dado que muchas veces las víctimas no denuncian. Que no esté esta obligación implica, otra vez, que hacerlo quedará a discreción de los funcionarios de la jurisdicción.
Para el caso de la población Lgbti el cambio fundamental que quedó en la última versión del texto de la ley es que se eliminó la sigla del enfoque de género y se incluyó en el enfoque diferencial.
Esta fue una propuesta que promovió el senador del Partido Mira, Carlos Baena, con el argumento de que la ley de procedimiento tenía que quedar como había quedado el Acuerdo renegociado. Según sus palabras, sin ideología de género, que es como lo dijo la magistrada de la JEP, Julieta Lemaitre, en una columna de La Silla “la idea que la identidad sexual de las personas, así como los roles de género, son socialmente construidos y no eternos, esenciales y asignados por Dios.”
Pero meterlos en el enfoque diferencial (que es la perspectiva diferenciada por pertenecer a una etnia o raza, hacer parte de un grupo etario protegido -tercera edad, niños, niñas y adolescentes-, tener una condición de discapacidad o una religión o creencia) y sacarlos del enfoque de género puede tener varios efectos.
El primero es que se abre la posibilidad a que su diversidad no se comprenda dentro del concepto de género (en donde según la perspectiva de los sectores que movieron la proposición en el Congreso solo caben los hombres y las mujeres) y a que las afectaciones de sus víctimas no se analicen a la luz de ese enfoque.
Lo que para Wilson Castañeda director de Caribe Afirmativo, corporación que trabaja por posicionar las agendas de diversidad sexual y de género, “no tendría sentido teniendo en cuenta que la discriminación y la violencia ejercida contra las personas Lgbti se dan en razón de su orientación sexual o identidad de género, esto quiere decir que se encuentran asociadas a los estereotipos y prejuicios relacionados con los imaginarios sociales sobre el género.”
Aunque ese cambio crea la duda de si la JEP tomará un camino que implique el desconocimiento del impacto diferenciado de las víctimas Lgbti, en un comunicado la misma organización plantea: "consideramos que de la norma aprobada no se deriva la exclusión de las personas Lgbti del enfoque de género, porque continúa señalando que se tendrán en cuenta las relaciones desiguales de género que se acentuaron en el conflicto y que profundizaron el impacto de la violencia en la vida, como ocurrió en el caso de las personas Lgbti."
Otra consecuencia es que el enfoque diferencial es transversal a la actuación de la jurisdicción, pero no hay un grupo de trabajo específico dentro de la JEP que se ocupe de este enfoque mientras que para el de género sí lo hay.
Que estén incluidos dentro del enfoque de género asegura que la comisión que se concentrará solo en temas de género trabajará por entender no solo las afectaciones a las mujeres sino también las sufridas por personas Lgbti.
En ese sentido esta comisión también revisará y priorizará sus casos.
Lo que no se nombra no existe
La otra crítica de los grupos de mujeres y Lgbti a lo que sucedió en el Congreso es que el tema de género de la ley de procedimiento que era específico se volvió general.
Por ejemplo, a la definición de enfoque de género que estaba en el artículo 1 se le eliminó parte de su contenido.
Quedó así:
“A fin de garantizar la igualdad real y efectiva y evitar la exclusión, en todas las actuaciones y procedimientos que adelante la JEP aplicará el enfoque de género.
Si bien las relaciones desiguales de género son preexistentes al conflicto armado, en los procedimientos ante la JEP se tendrá en cuenta que aquellas se instrumentalizaron, exacerbaron y acentuaron durante el conflicto, profundizando los daños, las consecuencias y los impactos de la violencia de la vida.”
Se borró el párrafo que explicaba el enfoque como “el reconocimiento y transformación de las relaciones desiguales de poder que subordinan a las mujeres y a la población LGBTI, producen discriminación, desigualdad de género, condicionan la garantía y goce efectivo de derechos y el acceso a bienes y recursos.”
También eliminaron las palabras “mujeres” y “población Lgbti” que precisaban quiénes sufrían los daños, consecuencias e impactos de las desigualdades.
“La precisión de las normas es fundamental porque cuando se adoptan cosas ambiguas la definición termina saliendo de los prejuicios que pueda tener la interpretación de un funcionario,” le dijo a La Silla, Linda María Cabrera subdirectora de la organización de mujeres Sisma Mujer.
Aunque en el texto aprobado quedó que en los procedimientos de la JEP se tendrán en cuenta las relaciones desiguales de género, que se haya borrado la definición del enfoque prende las alarmas del movimiento feminista y del Lgbti.
Principalmente porque el hecho de que la definición estuviera era un reconocimiento no solo jurídico sino también simbólico y político a la desigualdad entre géneros.
Buena parte de las conquistas ganadas por las mujeres y las personas Lgbti está en que ahora se hable de lo que antes no se hablaba.
En otras palabras, en haber hecho evidente que las mujeres o las personas con una orientación sexual o una identidad de género diversa no han tenido el mismo poder, los mismos derechos y las mismas oportunidades y que en el caso del conflicto armado han sido afectados de manera desproporcionada.
“En el movimiento feminista hemos entendido que lo que no se nombra no existe,” le dijo a La Silla Vacía Diana Salcedo, subdirectora de la Liga Internacional de Mujeres por la Paz y la Libertad, Limpal.
“Lo que hicieron el Centro Democrático y sus aliados manda el mensaje de que están en contra de la incorporación del enfoque de género y en contra de las conquistas de las mujeres y de la población LGBTI,” agregó.
En todo caso el enfoque de género está definido tanto en el Acuerdo de paz como en el Acto Legislativo 1, que es el que creó el Sistema Integral de Verdad Justicia Reparación y No Repetición al que pertenece la JEP. También está protegido por tratados internacionales como el Estatuto de Roma y la Resolución 1325 del Consejo de Seguridad.
Luego de la aprobación de la ley de procedimiento varias organizaciones sociales y de víctimas salieron a decir que la demandarían por lo que es probable que la Corte Constitucional termine revisándola.
En esa revisión la Corte puede aclarar y especificar algunas de las cosas que se modificaron en el Congreso.
Pero las organizaciones de mujeres y Lgbti no tienen muchas esperanzas de que corrija y precise los temas del enfoque de género: “Esta Corte no se ha pronunciado sobre ninguno de los temas de género por lo que queda la duda de cómo va a actuar, no es seguro que haga los ajustes,” le dijo a La Silla, Cabrera.
Cuando la elección de la segunda vuelta quedó entre Iván Duque y Gustavo Petro, la mayoría de las feministas y de los activistas Lgbti se unieron a la campaña de la Colombia Humana considerando que en un gobierno de Duque podía haber un retroceso de sus derechos por sus alianzas con sectores religiosos que defienden una noción tradicional de familia, que se oponen al aborto (incluso en los casos definidos por la Corte como excepciones) y que en muchos casos han mostrado una homofobia.
Como reacción al triunfo de Duque muchas organizaciones y activistas se reunieron alrededor del concepto de La Resistencia con el objetivo de contener cualquier retroceso desde la oposición.
Por ahora los cambios intensifican la incertidumbre que hay en el movimiento social sobre cómo será la garantía de los derechos reconocidos a mujeres y a personas Lgbti por parte del uribismo en el nuevo gobierno y de los sectores religiosos que se han vuelto sus aliados y que estarán en el nuevo Congreso.