El paso a paso del sometimiento
Primer paso, el diálogo: La ruta empieza con otro proyecto de ley clave para la Paz Total, que es la modificación a la Ley de Orden Público y que permite al Gobierno adelantar diálogos con grupos ilegales.
Precisamente el primer paso sería un diálogo entre el Gobierno y el Clan del Golfo, liderados por el alto comisionado de paz, Danilo Rueda, o quien delegue Petro. En este proceso se negociarán básicamente los compromisos de los armados frente a sus víctimas y los detalles de su desarme.
El resultado de la negociación entre el Gobierno y el Clan debe quedar consignado en una “acta final de diálogo”. Pero además, cada uno de sus miembros debe suscribir un “acta individual” para identificar a cada sujeto, individualizar su compromiso de dejar las armas y evitar colados. Estos documentos serían recibidos por la Fiscalía.
Finalmente, los miembros del Clan del Golfo se irán a unas zonas temporales, en las regiones y comunidades donde tienen presencia, como Urabá o el Bajo Atrato chocoano. Allí harían también su desarme. Esto es similar a las zonas veredales donde hicieron su tránsito a la vida civil las antiguas Farc.
Esa posibilidad ya está planteada en las modificaciones a la Ley de Orden Público que avanza en el Congreso: “En las zonas aludidas quedará suspendida la ejecución de las órdenes de captura, incluidas las órdenes de captura con fines de extradición, contra estos y los demás miembros del grupo organizado al margen de la ley”, se lee en la propuesta de articulado.
Segundo paso, la imputación: En este punto empiezan a operar las modificaciones al sistema penal que propone el proyecto de ley de sometimiento.
Un cambio significativo es la forma de imputar los delitos. En el proceso penal actual, la Fiscalía imputa según las investigaciones que tenga cada miembro de una organización criminal. Como es difícil probar cada delito, terminan imputados por concierto para delinquir.
Pero con los cambios que se proponen, ahora la imputación sería por las conductas y patrones criminales de toda la estructura armada, como el Clan del Golfo.
Esta figura jurídica está inspirada en la ley estadounidense contra “Organizaciones Corruptas e Influenciadas por Extorsión”, que en inglés es conocida como ley RICO.
Luego vendría una medida de aseguramiento preventiva para todos los integrantes del Clan del Golfo. Este es otro elemento novedoso porque no sería en una cárcel tradicional, sino en un “Centro de Arraigo Transitorio”, una figura que ya existe en el código penitenciario, pero que no existe ninguno actualmente.
Estos centros serían construidos en las mismas zonas rurales donde hicieron su desarme los criminales, con un régimen penitenciario vigilado por el Inpec. No serían grandes prisiones con medidas estrictas intramurales, pero implicaría restricciones a la libertad de los miembros del Clan del Golfo, en una zona donde tuvieron tradicionalmente influencia y donde podrían vivir sin el hacinamiento de una prisión colombiana.
En el caso de que una estructura criminal decida no dialogar ni someterse voluntariamente, esta figura de imputación por estructura también sirve en el escenario ordinario. Si un capo es capturado podría ser procesado por los crímenes de la organización criminal a la que pertenezca.
Así, si hay una disidencia en una facción del Clan del Golfo que no entre a la Paz Total, esta propuesta tendría dientes para perseguirlos judicialmente.
Tercer paso, el fallo y la sentencia: Antes de que un juez sentencie a los miembros del Clan del Golfo con una reducción de pena, hay unos pasos importantes. El primero es la aceptación de responsabilidad del los delitos por los que son acusados.
Luego debe haber una “colaboración eficaz” con la que se deberán cumplir ocho puntos: impedir o neutralizar las actividades ilegales de las que sean partícipes; proporcionar información eficaz de otros grupos criminales aliados; identificar los autores y partícipes de los crímenes; identificar los medios e instrumentos de las actividades ilícitas; identificar cuáles son sus fuentes de financiación; no reincidir; cumplir lo que se acuerde en materia de reparación a las víctimas con el Gobierno en el diálogo; y hacer una entrega anticipada de sus bienes.
Sobre este último punto, el proyecto de ley contempla que los ilegales puedan quedarse hasta con el 10 por ciento de sus bienes obtenidos a través de su actividad criminal. Es decir, que si un capo tiene diez millones de dólares en bienes provenientes del narcotráfico, estaría la posibilidad de que se quedara con un millón de dólares.
Luego de estos pasos y de haber aceptado de manera consensuada los cargos que se les imputa, el juez del caso dictará el fallo condenatorio.
Pero, entre el fallo y la sentencia habría un lapso de entre uno y dos años. Es decir, una vez sean declarados culpables, los miembros del Clan del Golfo tendrán que esperar mínimo un año en los “centros de arraigo transitorio” para que la Fiscalía y el Juez comprueben que están cumpliendo lo acordado.
Si se certifica su cumplimiento accederán a los beneficios contemplados para la sentencia que es de una rebaja del 60 por ciento de la pena. Si no cumplen o su aporte de información es insuficiente, el proyecto dice que caerá todo el peso de la ley.
La sentencia que se dicte será para toda la estructura criminal. Lo que significa que habrá una condena colectiva para todo el Clan del Golfo. Sin embargo, las penas son individuales, según el nivel de responsabilidad y el rango dentro del organigrama criminal. Es decir, no tendrá la misma pena alias “Chiquito Malo”, uno de los actuales cabecillas del Clan, que un campanero o un jíbaro, de mucho menor rango.
Además de la rebaja, el borrador de la ley de sometimiento contempla bajar la pena máxima de 60 años de prisión a 50 años. Si se le aplica el 60 por ciento de la rebaja de pena, la máxima pena que tendría una sentencia sería de 20 años.