La discusión en la Sala
Los ocho magistrados de la Corte (sin Alejandro Linares, que había sido recusado) se reunieron a las 9:00 de la mañana para discutir el impedimento que la magistrada Cristina Pardo presentó por la objeción de conciencia que formuló cuando como secretaria Jurídica de Juan Manuel Santos tuvo que revisar una ley que pedía que se les garantizara el aborto a las mujeres víctimas de violencia sexual en el conflicto armado.
Siete magistrados votaron en contra del impedimento (solo Diana Fajardo salvó su voto) con el argumento de que “la ideología no puede sacar a un magistrado de un debate como el que nos ocupa”, le dijo a La Silla Alberto Rojas.
El conjuez Julio Andrés Ossa entró a la discusión a mediodía. El abogado rosarista llegó a la Sala a defender la tesis de “la protección incremental de la vida prenatal” hasta la semana 13. Ese argumento —que es el de la famosa sentencia gringa Roe vs. Wade— reconoce que el feto es sujeto de protección, pero que esa protección se va incrementando conforme avanza el embarazo y el feto puede vivir por fuera del útero.
Era una tesis que encajaba con un acuerdo previo al que ya habían llegado los magistrados que estaban a favor de la despenalización con Diana Fajardo. La magistrada se oponía a la despenalización total pero con la restricción de las semanas aceptó entrar al bloque que estaba a favor.
Desde el 29 de enero, Lizarazo y Rojas, habían propuesto a la Sala la despenalización hasta la semana 24. Fue su estrategia para evitar que la despenalización se cayera por completo en la Sala, cuando aún no era claro cómo iba a votar Ossa.
Con la tesis de Ossa y con Fajardo ya subida al bus, lograron la mayoría necesaria para despenalizar el aborto en los primeros seis meses con la ponencia del magistrado Lizarazo.
Un logro histórico
Para el movimiento Causa Justa y varias feministas, la victoria es todavía incompleta.
“Ganaron las mujeres. Las 24 semanas nos dan una compuerta inmensa para trabajar con los servicios de salud. Sin embargo, la persistencia del delito en el Código Penal nos dice mucho simbólica y materialmente de lo que somos las mujeres en la sociedad y de la idea que todavía existe de que necesitamos que nos orienten sobre de qué manera podemos tomar decisiones sobre nuestra vida”, dijo Ana Cristina González, líder del movimiento Causa Justa, que impulsó una de las dos demandas y que puso el tema en el debate público desde hace dos años.
Sin embargo, con esta decisión, Colombia se convierte en el primer país del mundo en tener un plazo tan amplio para la despenalización. La mayoría de países donde el aborto está despenalizado lo permiten solo durante el primer trimestre. México y Argentina, que tomaron decisiones frente al tema recientemente, lo tienen despenalizado hasta las semanas 12 y 14 respectivamente. Y Francia, que es un referente del tema, lo tiene legalizado y sin ninguna causal solo hasta la semana 12, como Finlandia y Dinamarca. En Suecia, no se penaliza a la mujer que aborta sino el que le practica el aborto después de la semana 18.
En esa medida, el fallo es un logro histórico. En el Congreso se han caído 17 proyectos que buscaban regular el aborto y la misma Corte prefirió no pronunciarse sobre el tema en 2020. Además, aun con la existencia de las tres causales, investigaciones y la misma Corte han identificado grandes barreras que enfrentan las mujeres para abortar. Por ejemplo, los médicos son los principales denunciantes de las mujeres que llegan a los hospitales a abortar, como lo demostró este estudio que hizo la Mesa por la Vida y la Salud de las Mujeres.
Lo que decidió la Corte tiene efecto inmediato. Y los más de cinco mil casos de mujeres judicializadas por abortar pueden ser revisados uno a uno. Aquellos en los que el aborto se dio antes de las primeras 24 semanas de embarazo, deben archivarse.
Ahora viene una pelea igual de dura y es tumbar las barreras que aún persisten para que las mujeres más pobres puedan interrumpir embarazos no deseados en condiciones que no atenten contra su salud o su dignidad. Para ello, la Corte exhortó al Congreso para que regule la eliminación de las trabas que más allá de lo que diga el Código Penal hacen a veces imposible ejercer esa autonomía.
Pero con este nuevo fallo, el aborto ya no dependerá de la interpretación que el personal médico haga de la decisión de la mujer.