La República de Panamá, al mantener el asilo concedido a María del Pilar Hurtado, emitió a través de su Cancillería un comunicado con prolijo recuento de su tradición de respeto a esta institución; recordó las normas internacionales, entre ellas aquella del sistema interamericano que consagra el derecho de las personas a buscar esta protección cuando son perseguidos por delitos políticos o comunes conexos con estos.
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Personas colombianas, que no han explicado sus lazos con la guerrilla,
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con torvo ánimo de perseguir a la asilada, se han atrevido a desafiar la soberanía de Panamá y a amenazar sus instituciones.
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Estas mismas personas han participado en Colombia en lo que podríamos llamar la fabricación de delitos que imputan a María del Pilar Hurtado.
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Esta ex funcionaria intervino con pulcritud en varios gobiernos
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y sin cometer delito, siquiera político, es víctima de persecución en nuestro país
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Aquí cabe recordar que el asilo debe beneficiar al delito político o a sus conexos o al ciudadano perseguido, que por razones políticas, se le imputan delitos en los cuales no ha incurrido
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, como es el caso de María del Pilar. Cuando empezó nuestro Gobierno en 2002, el doctor Álvaro Leyva era beneficiario de asilo en Costa Rica. Nosotros nunca pedimos extradición.
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Y preocupa que mientras se pide la extradición de María del Pilar Hurtado, no hay noticias de que el Gobierno y la fiscalía adelanten gestiones para traer de Venezuela y Argentina a prófugos, condenados por graves delitos, como García
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, el ex empleado del Das, o Meneses
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, ex integrante de la policía, que estuvo al servicio del narcotráfico. Debo recordar la falta de garantías judiciales para mis compañeros de Gobierno. La Corte Suprema de Justicia mantuvo ilegalmente un fiscal encargado por cerca de año y medio, todo con el propósito de actuar contra nuestro Gobierno. En decisión, que da mal ejemplo a los jueces, manipuló su propio reglamento por razones políticas y sin recato legal, eligió fiscal, con el mismo número de votos que consideró insuficientes cuando votó por la terna que nosotros presentamos de acuerdo con las normas jurídicas.
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La Corte exigía penalista que lo había en nuestra terna y sin embargo, ignoró su requisito
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cuando se trató de la componenda política . Además, sin controvertir la veracidad de los hechos, desestima las pruebas contra aliados de las Farc aduciendo formalidades inaplicables en operativos legítimos contra el terrorismo.
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Los colombianos no deben olvidar la solvencia e independencia de nuestros ternados
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: Gómez Gallego, expresidente de la Corte a quien ocasionalmente yo había visto
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; Marco Velilla, Consejero de Estado, ex funcionario del Presidente Betancur, ajeno a mis lides políticas y con amistad, no cercana, derivada de Antioquia
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; y Margarita Cabello, funcionaria de Procuraduría, de reconocida trayectoria en el Caribe y a quien yo no conocía.
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Qué garantías puede haber cuando pesa el testimonio del delincuente y se desestima él del funcionario probo sujeto a perjurio
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; qué garantías puede haber cuando medios de la prensa nacional pretender determinar los fallos y unos magistrados los complacen.
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Una reflexión: es tan grave para el Estado de Derecho coartar la libertad de los medios de comunicación como que estos pretendan usurpar a la justicia y esta les haga juego en actitud de connivencia. Álvaro Uribe Vélez Febrero de 2012
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ES CIERTO El comunicado que publicó el Ministerio de Relaciones Exteriores de Panamá, es más una defensa de la institución del asilo -que trata como una tradición en Panamá-, que del caso particular de María del Pilar Hurtado. Pero cita normas para justificar la decisión de mantenerle el asilo a la ex Directora del DAS. En particular, artículo 22 (7) del Pacto de San José que dice que “toda persona tiene el derecho de buscar y recibir asilo en territorio extranjero en caso de persecución por delitos políticos o comunes conexos con los políticos” y el artículo 4 de la Convención sobre Asilo Territorial de 1954 que dice: “la extradición no es procedente cuando se trate de personas que, con arreglo a la calificación del Estado requerido, sean perseguidas por delitos políticos o por delitos comunes cometidos con fines políticos, ni cuando la extradición se solicita obedeciendo a móviles predominantemente políticos”. La posición de la Cancillería panameña se ajusta a la de Uribe: que no se han cometido crímenes y que detrás de las investigaciones de las “ChuzaDAS”, lo que hay es una persecución política.
NO HAY PRUEBAS DE ELLO. Aunque Uribe no da nombres propios, se refiere al periodista Holman Morris y al Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo. El Centro de Pensamiento Primero Colombia, tanque de pensamiento del uribismo, ha señalado al Colectivo de tener nexos con las Farc (
http://www.pensamientocolombia.org/alerta-temprana-las-farc-inicio-accio...), al igual que lo ha hecho con Morris. Pero pese a que fueron objeto de seguimientos ilegales durante más de un año en que sus vidas fueron esculcadas minuciosamente y que se han abierto investigaciones en su contra, hasta el momento ningún juez ha determinado que tengan relaciones con la guerrilla. El Colectivo y Morris estuvieron en Panamá buscando que ese país revocara el asilo a María del Pilar Hurtado, en lo que fracasaron. El Colectivo ha anunciado que denunciará a Jaime Restrepo (
http://www.caracol.com.co/noticias/judicial/colectivos-de-abogados-anunc...), el abogado que lideró el lobby para que se mantuviera el asilo, por hacer las mismas sindicaciones que hace Uribe, pero con nombre propio. Restrepo, que apareció en los medios hace pocos días, fue señalado por el profesor y columnista de Semana.com Juan Diego Restrepo de posiblemente haber sido un candidato a la personería de Sonsón (Antioquia) en 2004, impulsado por los paramilitares (
http://www.semana.com/opinion/abogado-jaime-restrepo-usted-alias-samuel/...).
NO ES CIERTO que el Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo haya desafiado la soberanía ni amenazado las instituciones de Panamá. Lo que sí es verdad es que el Colectivo anunció que va a demandar a ese Estado ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos por su decisión de mantener el asilo (
http://www.elpais.com.co/elpais/colombia/noticias/colectivo-abogados-dem...). Esa demanda no es una amenaza a la soberanía ni a las instituciones panameñas, pues es perfectamente legal. En caso de que la Comisión Intermaericana no le encuentre sustento, la puede rechazar.
NO ES CIERTO. El Colectivo y Morris han sido dos de los principales contradictores de Hurtado por el caso de las ‘chuzadas’. Los dos fueron víctimas de las interceptaciones y los seguimientos del DAS, y el Colectivo se ha presentado en esa condición en varios de los procesos que se han abierto, incluyendo el que le sigue la Comisión de Acusaciones de la Cámara de Representantes al ex presidente Álvaro Uribe. Esos son los delitos que, según Uribe, habían ‘fabricado’ el Colectivo y Morris. Pero contra María del Pilar Hurtado han declarado varios de sus subalternos como Jorge Alberto Lagos, Martha Leal, y Fernando Tabares, quienes han afirmado que ella dio la orden de hacer las interceptaciones y los seguimientos.
NO ES CIERTO. Hurtado tiene una larga trayectoria en el Estado, pero en el Gobierno sólo estuvo durante los dos períodos de Uribe, y no en varios gobiernos. Venía de ser secretaria general y directora del Instituto Distrital para la Recreación y el Deporte de Bogotá durante la administración de Enrique Peñalosa, y asesora del entonces director del IDU Andrés Camargo. Llegó al gobierno de Uribe en 2003, como secretaria general del Ministerio de Defensa cuando el ministro era el empresario antioqueño Jorge Alberto Uribe. Se mantuvo en ese cargo durante parte del ministerio de Camilo Ospina y luego pasó a ser subdirectora del DAS de Andrés Peñate. Finalmente fue directora de esa entidad entre agosto de 2007 y octubre de 2008, cuando tuvo que renunciar por el escándalo de las ‘chuzadas’.
NO SE SABE. En este momento no hay ninguna sentencia contra María del Pilar Hurtado pero hay elementos de juicio que indican que sí participó en las ‘chuzadas’, como lo entendió el Tribunal Superior de Bogotá, quien ordenó su captura el 24 de mayo de 2011. Según la Fiscal General, Viviane Morales, Hurtado hizo parte de un concierto para delinquir con el fin de espiar a periodistas, magistrados y congresistas (
http://www.elpais.com.co/elpais/colombia/noticias/colectivo-abogados-dem...), como lo han mostrado pruebas como el informe de gestión del Director General de Inteligencia del DAS Fernando Tabares (
http://www.lasillavacia.com/historia/una-de-las-pruebas-reina-contra-mor...) o las declaraciones de ‘Don Berna’ (
http://www.lasillavacia.com/historia/lo-que-ratifican-las-declaraciones-...). .. Por ese motivo, es difícil afirmar que Hurtado sea víctima de una persecusión política, cuando hay pruebas que dan sustento, por lo menos, a que se le investigue por las ‘chuzadas’.
ES CIERTO. Efectivamente el derecho de asilo protege a las personas de la persecución política. El debate, en el caso de Hurtado como en muchos otros, se centra en si el proceso judicial es una ‘persecución política’, lo que es dudoso cuando existen elementos que prueban que Hurtado pudo haber participado en un delito común, no un delito político. En cuanto a si esas imputaciones se hacen por razones políticas, no se puede confundir la invención de delitos inexistentes por motivaciones políticas con la investigación y juicio de delitos que ocurrieron cuando las víctimas y los victimarios tienen posiciones políticas opuestas
ES CIERTO. Leyva salió de Colombia en 1998 -cuando era negociador del Caguán- tras haber sido acusado (
http://www.eltiempo.com/archivo/documento/MAM-744742) de enriquecimiento ilícito por vínculos con el Cartel de Cali y de que la Fiscalía le dictara medida de aseguramiento. Luego de pasar por México y Estados Unidos, logró convencer a las autoridades de Costa Rica de que el proceso en su contra se trataba de una persecución política para arruinar las conversaciones del Gobierno con las Farc. Luego, en 2006, Leyva fue declarado (
http://www.terra.com.co/noticias/articulo/html/acu27356-alvaro-leyva-dur...) inocente por la Corte Suprema de Justicia. Este es un ataque a Juan Manuel Santos pues, mientras Uribe recuerda que él sí confió en Leyva y respetó las decisiones de la justicia internacional al no pedirlo en extradición, también indica que el Gobierno actual sí desconfía de los funcionarios y no le da tanta importancia a las normas internacionales sobre asilo.
NO ES CIERTO. Este Meneses probablemente es Juan Carlos Meneses, un ex mayor de la Policía enemigo de Uribe y de su familia pues afirmó (
http://www.lasillavacia.com/historia/14416) que el hermano menor del ex Presidente, Santiago, era el líder (
http://www.youtube.com/watch?v=m-mnNsrVmeo) del grupo paramilitar “Los 12 Apóstoles”, responsable de la masacre de Campamento, Antioquia. Después de estas declaraciones, dadas a principio del año pasado ante el premio Nóbel de paz Adolfo Pérez Esquivel, miembros de la Policía Nacional y del Gobierno (
http://www.youtube.com/watch?v=75evUywqe7U), acusaron (
http://www.youtube.com/watch?v=NNzVv1NENI4) a Meneses de estar pagado por el narcotráfico. Meneses salió de la Fuerza Pública con antecedentes (
http://www.derechos.org/nizkor/colombia/libros/nm/z14I/cap10.html) disciplinarios y penales y luego fue relacionado (
http://www.wradio.com.co/noticias/actualidad/juan-carlos-meneses-seria-c...) con el ex alcalde de Buga Freddy Hernando Libreros y con el narcotraficante Ramón Quintero, alias “RQ”. Sin embargo, La Silla Vacía no pudo encontrar el delito grave por el que, según Uribe, habría sido condenado Meneses.
ES CIERTO. Efectivamente, uno de los argumentos contra las ternas que presentó Uribe era que los ternados eran abogados especializados en otras ramas del derecho, pese a que finalmente eligió a Morales, quien tampoco es experta en derecho penal
NO ES CIERTO. No es claro a qué caso concreto se refiere el ex presidente en esta frase, aunque parecería tratarse del caso del computador de ‘Raúl Reyes’, que no fue aceptada como prueba por la Corte Suprema de Justicia, a pesar de que la Procuraduría sí los utilizó para destituir a Piedad Córdoba. En concreto, la Corte Suprema ha aplicado una reconocida teoría de derecho probatorio, la de los frutos del árbol envenenado. Según ella, cuando una prueba se obtiene por medios ilícitos, no se puede utilizar -y no existe una excepción a esta regla por el hecho de que se trate de operativos de cierto tipo. Por eso, en el fondo, lo que Uribe defiende es la legalidad del operativo que terminó con la muerte de Reyes y la ruptura de relaciones con Ecuador y Venezuela.
NO ES CIERTO. Uribe solo se refiere a su segunda terna, que vino a reemplazar a los ternados iniciales, que se fueron retirando al enfrentar la parálisis en la Corte. Los primeros eran su ex ministro de Defensa y ex embajador ante la OEA Camilo Ospina, el ex consejero de Estado Juan Ángel Palacio y la abogada Virginia Uribe. Ospina y Uribe habían trabajado en el pasado con el entonces presidente, por lo que difícilmente podría Álvaro Uribe argumentar su independencia como hizo con la segunda terna.
NO ES CIERTO. Este es un punto polémico, pero el testimonio de criminales se ha usado para avanzar muchos otros casos de importancia como, por ejemplo, en procesos por parapolítica, en el que muchas veces los testigos clave son criminales condenados. Lo mismo en la condena contra Alberto Santofimo por el asesinato de Luis Carlos Galán (
http://www.semana.com/nacion/alberto-santofimio-entrego-fiscalia/163380-...), en el que fue fundamental la declaración de alias “Popeye”y más específicamente durante el gobierno de Uribe, su gobierno utilizó al delincuente Olivo Saldaña para sustentar varios de los procesos de la Farcpolítica sin contar las decenas de informantes de los grupos armados ilegales que utilizaron las Fuerzas Militares para adelantar capturas masivas contra campesinos en los pueblos por supuestamente auxiliar a la guerrilla;
Esta declaración va en línea con la postura que tiene Uribe desde hace unos años sobre que la justicia está “politizada” y “mediatizada” en el país y que las decisiones que toma -en particular cuando las toma contra funcionarios que trabajaron con él- no están ajustadas al cumplimiento de la ley, sino a llevar una agenda propia o a complacer a la opinión pública. En este punto es cierto que hay un ambiente mediático no favorable a sus antiguos funcionarios.