por Juan Carlos Espinosa
Luego de los fuertes cuestionamientos a las CAR por parte del gobierno y la opinión pública, no es de extrañar que algunas de ellas estén buscando mostrar su capacidad de gestión con casos emblemáticos y de envergadura. Que las CAR se pongan las pilas en ejercer la autoridad ambiental está bien; que lo hagan de manera precipitada y sin sólidos argumentos técnicos y jurídicos no.
 

por Juan Carlos Espinosa
Luego de los fuertes cuestionamientos a las CAR por parte del gobierno y la opinión pública, no es de extrañar que algunas de ellas estén buscando mostrar su capacidad de gestión con casos emblemáticos y de envergadura. Que las CAR se pongan las pilas en ejercer la autoridad ambiental está bien; que lo hagan de manera precipitada y sin sólidos argumentos técnicos y jurídicos no.
 
A principios de febrero, Cormacarena abrió investigación, inició un proceso sancionatorio e impuso una medida preventiva que ordenó suspensión de algunas actividades contra varias de las empresas palmeras con planta de beneficio bajo su jurisdicción (en el departamento del Meta), argumentando un inadecuado manejo y disposición de residuos ordinarios y peligrosos. Esto conllevará un proceso jurídico para establecer si las empresas están incumpliendo con la normatividad ambiental en esta materia, y si es procedente se impondrán sanciones.
 
Hasta ahí todo bien, o por lo menos todo dentro de las facultades de la autoridad ambiental. Sin embargo, Cormacarena también argumenta que las tusas (racimos vacíos de fruto de palma luego de la extracción del aceite), las cenizas de las calderas y los lodos resultantes del sistemas de tratamiento de aguas residuales son residuos peligrosos, argumento bastante cuestionable.
 
En primer lugar, argumenta que las tusas tienen trazas de aceite y por tanto pueden ser inflamables (una característica de peligrosidad de residuos), además de su potencial de contaminación a suelos y cuerpos de agua. Para ello se basa en normas nacionales e internacionales que caracterizan como sustancias peligrosas a aquellas con contenido de aceite. Sin embargo, es muy diferente hablar de aceites sintéticos o derivados de hidrocarburos que de aceites de origen vegetal. Mientras los trapos con que se limpian los restos de aceites lubricantes en un taller de mecánica son residuos que requieren un manejo especial, ¿se imaginan si una servilleta con residuos de aceite vegetal en un restaurante se calificara como residuo peligroso? El ejemplo es trivial, pero es para ilustrar la diferencia.
 
Por otro lado, se basa en normas que establecen que las cenizas y lodos resultantes de los sistemas de control ambiental se caracterizan como peligrosos. Y en general lo son. Sin embargo, en este caso las cenizas resultan de quemar biomasa (y no combustibles fósiles) en las calderas para generar vapor, por lo que no contienen metales pesados sino altos contenidos de potasio muy útiles en el cultivo. Y teniendo en cuenta que el proceso de extracción de aceite es mecánico y no requiere de químicos, los lodos tienen alto contenido de materia orgánica útil como fertilizante.
 
En resumen, con estos argumentos Cormacarena está imponiendo un estándar ambiental sobre el sector palmero que no existe en ninguna otra región de Colombia y del mundo. En todos los países y regiones palmeras se reconocen el valor de reciclaje de nutrientes de estos subproductos en el cultivo, con el beneficio adicional de reducir los agroquímicos requeridos para fertilización.
 
Menos de dos semanas luego de imponer las medidas preventivas contra las empresas, Cormacarena ya estaba redactando nuevas resoluciones aclarando el alcance de dichas medidas. En un principio ordenaba suspender la generación de residuos, algo absurdo pues el problema no es generar los residuos – así sean peligrosos – sino manejarlos o disponerlos inadecuadamente. Y en una reunión sostenida con el gremio y las empresas palmeras, la Corporación manifestó que no importaba cómo se le llamara a las tusas, lodos y cenizas (subproductos, residuos ordinarios o peligrosos), desde que se les manejara bien. Coincido en lo segundo (hasta un subproducto requiere de un adecuado manejo), pero no en lo primero. Desde el punto de vista jurídico y técnico, son muy diferentes los requerimientos (y las normas que los establecen) para un adecuado manejo de subproductos, residuos ordinarios y residuos peligrosos, por lo que comentarios ligeros como el de la Corporación generan más confusión que aclaración sobre lo que un sector debe hacer para cumplir con la normatividad ambiental.
 
Reitero, está bien ejercer la autoridad ambiental y buscar un mejor desempeño ambiental de los sectores productivos. Pero hay que hacerlo bien, o de lo contrario la autoridad ambiental seguirá siendo vista como una piedra en el zapato.