Nilson Elías Pinilla Pinilla se retira de la Corte y le da pasó a Gloria Stella Ortiz. ¿Perderá la Corte a su vocero ambiental o la nueva magistrada asumirá un liderazgo ecológico?  

Por: Carolina García Arbeláez

El jueves 12 de junio, dos días antes del primer partido de Colombia en el mundial y tres días antes de la definición entre Santos y Zuluaga por la presidencia, los nueve magistrados de la Corte Constitucional terminaron la reunión de sala plena con aplausos. Decenas de empleados del alto tribunal esperaban a que terminara la sesión a puerta cerrada. Era la escena nostálgica que ocurre cada ocho años: se despedían de uno de los nueve magistrados.

A mediodía, la Corte le dijo adiós a su vocero del medio ambiente. Después de 45 años de carrera judicial, Nilson Elías Pinilla Pinilla terminó su periodo como magistrado. Aunque su carrera fue marcada por su experticia en derecho penal y justicia transicional, Pinilla se consolidó en la Corte como el magistrado verde: defendió los principios de una Constitución ecológica y lideró varios fallos que han sido determinantes en la historia ambiental y social de Colombia.

Esta semana se posesiona Gloria Stella Ortiz en reemplazo del magistrado Pinilla. Ortiz, ha sido la mano derecha del fiscal Eduardo Montealegre y será la tercera mujer en ocupar una silla en el alto tribunal. Su experiencia en derecho constitucional es amplia: fue magistrada auxiliar del ex-magistrado Alejandro Martínez Caballero y ha liderado la reforma a la Fiscalía que pretende, entre otras, crear un área de derecho constitucional en la entidad.  El tema ambiental quedará huérfano sin Pinilla y es incierto si Ortiz tiene el tema y los fallos que recibe entre sus prioridades.

Actualmente, por ejemplo, se está alistando en la Corte la sentencia que determinará el futuro del parque Yaigojé-Apaporis y que seguramente sentará jurisprudencia sobre la posibilidad de hacer minería en zonas protegidas. Aunque el magistrado ponente para el caso es Eduardo Mendoza, los magistrados Jorge Iván Palacio y Pinilla eran los encargados de hacerle sala a la sentencia. Es decir, dar su firma para apoyar el fallo. Pinilla se retira de la Corte sin haber firmado una de las sentencias ambientales más polémicas de este siglo. Ahora le tocará a Ortiz. ¿Asumirá la nueva magistrada el liderazgo ecológico? Es una incógnita que tiene a los ambientalistas con los pelos de punta.

En la Corte los magistrados verdes han sido Palacio y Pinilla. Los despachos de los dos magistrados han trabajado en llave para sacar adelante temas ambientales en la Corte. Por su afinidad jurídica en temas ecológicos y de desarrollo sostenible han firmado sentencias en bloque. Ahora Palacio pierde a su aliado verde.

Tío Conejo estuvo examinando el legado ambiental de Pinilla en la Corte. Este es el top de los 5 fallos más destacados:

1. Suspendió actividades mineras en resguardos indígenas (T-769 de 2009)

La sentencia marcó un hito en el derecho ambiental colombiano. Cuando apenas se estaba consolidando la jurisprudencia sobre consulta previa, esta sentencia suspendió la licencia de explotación y exploración minera de cobre, oro, molibdeno y otros minerales de la empresa Muriel Mining Corporation en el Resguardo Indígena Embera de Uradá Jiguamiandó. El proyecto minero tenía grandes impactos ambientales en una de las zonas más biodiversas de Colombia, la frontera entre Antioquia y Chocó, y afectaba la subsistencia de las comunidades. Este es uno de los fallos que por primera vez habla de la importancia del consentimiento libre previo informado de los pueblos indígenas.

2. Ordenó controlar la contaminación de carbón en zonas urbanas (T-203 de 2010)

Una señora presentó una  tutela contra las autoridades ambientales de Barranquilla, la Sociedad Portuaria Regional de Barranquilla S.A. y la Sociedad Inversiones García Hermanos Michellmar Ltda. Internacional Lines & Cia. alegando que las operaciones y el almacenamiento de carbón en el puerto cerca a su casa contaminaba el aire y afectaba su derecho a la salud. En esta sentencia la Corte determinó que esas actividades deben estar sometidas a medidas sanitarias y de control que protejan el medio ambiente y el bienestar de la población en general.

3. Habló por primera vez sobre contaminación electromagnética (T-360 de 2010)

En esta sentencia, una señora demandó a Comcel alegando que la torre de telefonía móvil que la empresa había instalado al frente de su casa le causaba problemas de salud, pues impedía que el cardiodesfibrilador que le habían implantado funcionara adecuadamente. A pesar de que la Corte no pidió que se reubicara la torre de telefonía móvil ya que consideró que no había certeza científica para determinar que las ondas de radiofrecuencia afectaban negativamente a largo plazo la salud de la población, ésta sí declaró que se deben establecer medidas de prevención y precaución para proteger a los seres humanos de los posibles efectos nocivos de la contaminación electromagnética. Sobre todo cuando se trata de poblaciones vulnerables como los niños o adultos mayores. Esta es la primera sentencia que habla de la relación entre el derecho a la salud, las telecomunicaciones y el medio ambiente. Después de ella, ha habido dos sentencias más sobre contaminación electromagnéticas, una con ponencia de Pinilla en la que efectivamente se concedió la tutela a favor de unos estudiantes que se veían afectados por una antenas y se pidió su reubicación (T-104 de 2012).

4.  Armonizó la relación entre educación y medio ambiente (T-500 de 2012)

Hay muchas escuelas en zonas rurales que se encuentran dentro de reservas forestales que tienen una protección ambiental especial. En este caso, una señora  a nombre de sus hijos menores de edad demandó al municipio de Pitalito y a la gobernación del Huila porque la institución educativa donde estudiaban sus hijos, ubicada dentro de una reserva natural forestal, se encontraba en pésimas condiciones, en zona de alto riesgo y vulneraba el derecho a la educación y al medio ambiente. Con este fallo, la Corte consolidó el concepto de aulas ambientales. Es decir, lugares educativos donde se armoniza el derecho a un medio ambiente sano y a una educación e institución digna.

5. Protegió a una familia que padecía la contaminación ambiental de la extracción de carbón de la Drummond (T-154 de 2013)

La Corte le ordenó a la Drummond, la Agencia Nacional de Licencias Ambientales y el ministerio de Ambiente que tomara las medidas necesarias para garantizar que una  familia que vive en la zona aledaña a la mina Pribbenow no se viera afectada por la polución de carbón y contaminación auditiva que genera la extracción de carbón. Es una sentencia emblemática porque afirma que el derecho al medio ambiente es un derecho fundamental por sí solo. Por primera vez, la Corte ordenó a la empresa y a las autoridades ambientales hacer un estudio cuidadoso y completo sobre la contaminación generada por la explotación del carbón y los obliga a tomar medidas correctivas para garantizar el derecho a un medio ambiente sano de la familia demandante. A la fecha, ni la empresa ni las autoridades ambientales han cumplido el fallo de la Corte lo que ha llevado a la Contraloría a jalarles las orejas con un incidente de desacato. Aún estamos a la espera de que cumplan el fallo.

Pinilla le deja la vara alta a la nueva magistrada. ¿Perdió para siempre la Corte a un auténtico verde o encontró, en cambio, a su mejor reemplazo? Tío Conejo tendrá las orejas aguzadas y los ojos muy abiertos.

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