El libre ejercicio y decisión de la autonomía reproductiva por parte de las mujeres —a saber, si queremos o no tener hijos e hijas, cuándo queremos tenerlos y con quién queremos tenerlos— ha sido una disputa de décadas en lo público y lo privado abanderada por el movimiento feminista. Y debería ser también asumida como un imperativo político y ético de una sociedad que se quiera justa y democrática con quienes la integren.

El ejercicio de la autonomía reproductiva posibilita que quienes quieran ser madres o padres asuman maternidades o paternidades deseadas y, a su vez, que quienes así no lo deseen puedan tomar una decisión coherente con su deseo y su proyecto de vida.

Desde la Corte Constitucional colombiana y el movimiento de mujeres se ha hecho mucho por avanzar en el libre ejercicio y decisión de la autonomía reproductiva por parte de las mujeres. Muestra de ello es la Sentencia Causa Justa (C-055 de 2022) que despenalizó el aborto hasta la semana 24 de gestación. Sin embargo, en el Congreso siguen discutiéndose y aprobándose iniciativas que, en su práctica, permitirán restringir la autonomía reproductiva de aquellas en las que recae el derecho a la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE).

Puntualmente, hablo de la entrega de fetos de plástico y la proyección de vídeos plagados de desinformación sobre el aborto que, en los primeros debates del Plan Nacional de Desarrollo, condujeron a la idea errática de una política de derechos sexuales sin derechos reproductivos. Pero también hago referencia a iniciativas legislativas como el proyecto de adopción desde el vientre que se ha discutido en Cámara de Representantes y el recién aprobado proyecto para la “ley brazos vacíos”.

Iniciativas de este tipo no solo parecen desconocer que la Corte ha dispuesto que, aunque el legislador esté facultado para regular sobre la IVE, no puede colocar barreras indirectas o directas, o legislar de manera discriminatoria en contra de las mujeres, personas trans y no binarias. También omiten que la búsqueda de servicios de salud sexual y reproductiva ya es un campo minado de desinformación, estigma y prejuicios, al que hay que abonar con iniciativas que eliminen barreras de acceso y no que las incentiven.

Los retrocesos que trae la ley

El proyecto “ley de brazos vacíos” (Proyecto de ley 450/22 Cámara- 850/21 Senado), por medio del cual se ordena la expedición de un lineamiento de atención integral y humanizada de la pérdida y el duelo gestacional y neonatal en instituciones de salud, resulta una amenaza para el acceso sin barreras y sin discriminación a los servicios de IVE. Y fue aprobado en Cámara hace un par de semanas.

Primero, da lugar a la imposición de medidas de acompañamiento psicosocial a las mujeres que tengan una pérdida gestacional, independientemente de si fue voluntaria o no. Es importante aclarar que iniciativas de este tipo permiten que consultas de psicología se tornen de carácter obligatorio en el proceso de acceso a la IVE y, con frecuencia, que las mujeres o personas trans se vean presionadas a cambiar su decisión bajo argumentos mentirosos de riesgo para su salud o por presiones cargadas de sesgos de género y discriminación.

Al respecto, hay que aclarar que, tal como ya sucede en la ruta de IVE en Colombia, la atención psicológica para quienes abortan debe ser una opción en el proceso y no debe estar atada o condicionada a la posibilidad de acceso. Por otra parte, para quienes tienen una pérdida gestacional (es decir, un embarazo que sí deseaban) ya hay lineamientos técnicos del Ministerio de Salud que disponen atención para las mujeres que atraviesan este tipo de duelos. En últimas, en esa medida, el proyecto de ley no supone una medida novedosa para las mujeres que tienen pérdidas gestacionales, pero sí para la posibilidad de inventar nuevas barreras de acceso a la IVE.

Segundo, en concordancia con los esfuerzos de los grupos antiderechos en legislaturas anteriores, e incluso en otros países, este proyecto de ley abre la posibilidad a que se reconozca un estatus de persona al no nacido. En Colombia, la persona humana principia cuando se cumplen los presupuestos del artículo 90 del Código Civil, y la Corte ha sido enfática en varias sentencias sobre el hecho de que no puede haber derechos durante la gestación para un sujeto diferente a la mujer gestante o persona trans.

Esta iniciativa es contraria a este marco normativo cuando permite que se emitan certificados de defunción en el caso de una pérdida, como si esa pérdida hubiera constituido legalmente una persona. Lo anterior tendría un especial impacto en las barreras de acceso a la IVE, en las formas de violencia contra las mujeres que abortan y en el incremento de la penalización social del aborto, pues aporta más confusión y desinformación en un proceso que ya en sí es difícil sortear para quienes abortan.

Tercero, aunque su objetivo es humanizar, es importante resaltar que esta nueva ley no aporta a eliminar las violencias obstétricas en espacios médicos cuando ocurren pérdidas gestacionales o neonatales. Sobre este tema, el Congreso y el Ministerio de Salud y Protección Social ya se han pronunciado en muchas ocasiones y el problema persiste por los tratos indignos, violentos y con poca ética en cualquier evento obstétrico, en especial aquel relacionado con la gestación, parto y posparto.

En efecto, estos obedecen a fallas en las cátedras de asignaturas en las carreras de ciencias de la salud y en el poco interés que hay de parte de los tribunales de ética médica en sancionar conductas contrarias con las prácticas dignas y que respeten los derechos humanos de las mujeres, y no a la falta de regulación. Por eso este proyecto de ley, además de vulnerar derechos, no es la solución necesaria al problema. 

????Rechazamos la aprobación del PL Brazos Vacíos 450-22C/850-21S el día de hoy en el Congreso. En este hilo explicamos por qué este PL era innecesario, reiterativo y es regresivo para la autonomía reproductiva, como le hicimos saber a los y las congresistas en su momento ???????? pic.twitter.com/ypPrm01oQI

— Causa Justa por el Aborto (@causajustaco) May 30, 2023

Claramente, estos intentos regresivos se disfrazan de iniciativas que quieren aportar a la humanización y sensibilización de la maternidad deseada, pero en entre sus objetivos buscan introducir barreras sociales y médicas al aborto de manera indirecta. Estos intentos no son nuevos, es más, este patrón de normatividades “amigables” en los servicios médicos de ginecobstetricia ya se han observado en países como México y en Estados Unidos —previo a la revocación de Roe vs. Wade— con el único fin de imponer barreras de acceso al aborto.

Porque hay más proyectos de ley en curso de este tipo, es necesario elevar una alerta al Congreso actual, pues con frecuencia estos proyectos se muestran como garantistas de los derechos de las mujeres, personas trans y no binarias.