portada_chindoy.jpg

“La ingobernabilidad no es culpa de la consulta previa, sino de las mafias de poder que han desarrollado los dominantes desde la política y la economía”

Nuestra Constitución “reconoce y protege la diversidad étnica y cultural” y, por otro lado, que las “relaciones exteriores del Estado se fundamentan en el reconocimiento de los principios del derecho internacional aceptados por Colombia”.

Sobre estos postulados, y acudiendo a los principios de memoria histórica, la sociedad de nuestro país no debería olvidar nunca que el suelo que les sostiene, antes que nada, soporta la historia de los más de 100 pueblos “ancestrales” a quienes llamaron indígenas por equivocación.

La ciudad de Bogotá, por ejemplo, cuna de Germán Vargas Lleras (quien busca que se reglamente el derecho fundamental de consulta previa, libre e informada que tienen los pueblos indígenas) vive encima de la tierra de los abuelos y abuelas del pueblo Muisca.

Aludiendo a la supuesta prevalencia del interés general sobre el particular se están impulsando normas que van en detrimento de los sobrevivientes a un proceso de exterminio.

Por esa razón, hoy la gente originaria no es más del 3.5 por ciento de la población (2 millones de población con identidad ancestral frente a casi 50 millones del resto de colombianos). 

A estas poblaciones se les estigmatiza y se les culpa de “la ingobernabilidad” que vive Colombia, se les considera un estorbo para el desarrollo y no les es comprensible que nuestra sociedad sea diversa y multicultural.

La identidad “ancestral” no solo soporta la soberanía y cultura nacional, sino también los principios del derecho internacional que amplios sectores de la comunidad global han ido comprendiendo desde el espíritu del Convenio 169 de la OIT de 1989.

Dicho instrumento jurídico expresa, entre otros aspectos, que los gobiernos debera?n “consultar a los pueblos interesados, mediante procedimientos apropiados y en particular a trave?s de sus instituciones representativas, cada vez que se prevean medidas legislativas o administrativas susceptibles de afectarles directamente”. 

Las consultas llevadas a cabo en aplicacio?n de este Convenio “debera?n efectuarse de buena fe y de una manera apropiada a las circunstancias, con la finalidad de llegar a un acuerdo o lograr el consentimiento acerca de las medidas propuestas”; que  los “pueblos interesados debera?n tener el derecho de decidir sus propias prioridades en lo que atan?e al proceso de desarrollo, en la medida en que e?ste afecte a sus vidas, creencias, instituciones y bienestar espiritual y a las tierras que ocupan o utilizan de alguna manera, y de controlar, en la medida de lo posible, su propio desarrollo econo?mico, social y cultural”. Adema?s, dichos pueblos “debera?n participar en la formulacio?n, aplicacio?n y evaluacio?n de los planes y programas de desarrollo nacional y regional susceptibles de afectarles directamente”.

Colombia fue pionera en ratificar dicha norma mediante ley 21 de 1991, pero también primera en su incumplimiento, pues para que las autoridades del poder administrativo den un relativo cumplimiento a esta normativa los pueblos indígenas han debido acudir a las más altas esferas del poder judicial en el país como la Corte Constitucional y en el nivel internacional ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos, exigiendo su cumplimiento en distintas materias que afectan sus vidas.

Bolivia ratificó el Convenio 169 en 1991, Perú en 1993 y Chile en 2008.  Las Naciones Unidas y distintas organizaciones internacionales, reconocen en los pueblos indígenas y en las comunidades locales, como las poblaciones más destacados en la protección del agua, los páramos, los manglares, la selva; en otras palabras, ellos protegen los recursos de la vida entera no solo para sí mismos sino de toda la humanidad y los seres no humanos y espirituales con quienes habitamos juntos esta “casa común”.

Los derechos de los pueblos indígenas no son sinónimo de ingobernabilidad. La ingobernabilidad está soportada en el robo que todos los días de manera soberana le hacen a nuestra Nación las mafias y empresarios que están por encima de los mandatos constitucionales porque les asiste un poder desde el capital supranacional que no tiene control.

Los pueblos ancestrales, según Vargas, son culpables de la ingobernabilidad de Colombia. Pero los distintos gobiernos de los cuales él o su familia han sido parte no pudieron controlar el narcotráfico, la tala y ocupación indiscriminada de montañas, selvas y páramos, la contaminación de distinto tipo, la concentración de grandes extensiones de tierras expropiadas a campesinos y ahora en pocas manos de terratenientes. Según la ONU todo esto ocurre porque en Colombia ha habido “más territorio que Estado”,y eso, a mi parecer, no es culpa de los “pueblos ancestrales”.

Puede que el proyecto para reglamentar el derecho fundamental de consulta previa propuesto por Vargas Lleras alcance su aprobación en el Congreso, pero mientras los pueblos originarios o ancestrales vivan, esa norma no se aplicará en sus territorios sin la resistencia de sus dueños. Como siempre, ellos hablarán, allanarán un nuevo camino desde la comunidad internacional, donde son unos 370 millones presentes en más de 90 países alrededor del mundo.

La ingobernabilidad no es por culpa de la consulta previa que es un derecho fundamental de los pueblos indígenas en Colombia y en el mundo, sino de las mafias de poder que han desarrollado los dominantes desde la política y la economía y que ahora temen ser derrumbados por nuevos saberes donde los pueblos ancestrales seguirán estando cada vez más presentes en defensa de la vida y de la Tierra.

Ha desarrollado diferentes actividades durante varios años para lograr que indígenas y campesinos del Resguardo del Pueblo Inga en Aponte-Nariño, puedan vivir libres del narcotráfico, cultivos de uso ilícito, de actores armados al margen de la ley y que superen la pobreza. Chindoy ha buscado defender...