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¿Cuál es la necesidad de hacer el catastro? ¿Y qué retos vienen?

El gobierno de Duque está bastante comprometido con la actualización del catastro. Para esto, en lo corrido de su mandato, ya ha expedido dos documentos Conpes, cuatro artículos en la Ley del Plan Nacional de Desarrollo y firmado dos créditos con la Banca Multilateral por 150 millones de dólares. Uno se pregunta: ¿por qué tanto interés en estos temas del catastro?

En primer lugar, ¿cuál es el problema? 

Según el Igac, el país tiene un nivel de desactualización catastral cercano al 5 por ciento, pero esto es resultado de sumar dos cosas: los predios no formados y los predios que no han recibido actualización catastral en los últimos 5 años (según lo establece la Ley 223 de 1995 – articulo 79). 

Pero esta lectura puede ser diferente, e incluso más preocupante, si se analiza de manera diferenciada: el área urbana, el área rural, por predios, por extensión o incluso por municipios. Por ejemplo, en catastro urbano 111 municipios lo tienen actualizado mientras que, en el rural, solo 124. Pero, de los 32 departamentos, hay 7 en los que no hay un solo municipio actualizado.

Lo cierto es que hoy en Colombia no hay mucha claridad frente a la tenencia de la tierra, lo cual limita y frena la confianza inversionista en muchas regiones, como en efecto se evidencia en los resultados del Doing Business de Colombia y de las regiones donde uno de los indicadores peor calificados es precisamente la cobertura registral y catastral del país.

Ante lo anterior, la pregunta es ¿qué se debe hacer? 

En esto, el primer paso dado por el gobierno se recoge en los Conpes 3951 y 3958 y en los artículos 79, 80, 81 y 82 de la Ley 1955 de 2019 o Ley del Plan Nacional de Desarrollo, los cuales presentan un nuevo diseño organizacional para el manejo catastral del país. Estos buscan fortalecer la labor de autoridad catastral del Igac, de supervisión de la Superintendencia de Notariado y Registro, y crean la figura del Gestor Catastral y de operador catastral, permitiendo que la competencia entre a dinamizar la actualización catastral y el uso de esta información.

De esta reforma se destaca la creación del Gestor Catastral, lo cual, a mi juicio, es uno de los dos puntos centrales de toda la reforma. Los Gestores Catastrales, empresas públicas, son las llamadas a prestar el servicio de actualización catastral de los municipios asociados a la misma. Estos son una oportunidad para las gobernaciones, para que apoyen a sus municipios en este proceso, función que cumple claramente con una de las razones para las cuales se crearon a las gobernaciones.

Los gestores catastrales, aun si haberse creado el primero (aunque la Ley convierte automáticamente al Igac en Gestor Catastral de última instancia y a los catastros de Bogotá, Medellín, Barranquilla y Antioquia, en gestores en sus respectivas áreas de influencia), deberán competir entre sí, a fin que los municipios puedan identificar y aliarse con aquel gestor que les actualice su catastro.

Esta flexibilidad es importante, si tenemos presente que, como en el modelo anterior, los municipios dependían de la capacidad del Igac o de la Gobernación de Antioquia en Antioquia, para su actualización catastral, con resultados bastante limitados.

El otro punto central de esta reforma es el concepto de multipropósito. Esto implica poder usar las bases de datos catastrales en diferentes temas, como: planeación, manejo ambiental, identificación de riesgos crediticios, tendencias urbanas, entre otros y NO SOLO en el cálculo del impuesto predial.

En otras palabras, es entender que el catastro es como un “directorio de páginas amarillas”, en el que se encuentra la información de predios, pero su uso está sujeto a las innovaciones del mercado. El permitir este uso “multipropósito” con lleva a que la utilidad de estos usos adicionales, puedan en un corto tiempo, ser lo suficientemente rentable, que sean los propios usuarios los que demanden la actualización catastral, y no como hoy, que su actualización se asocia a un aumento en el impuesto predial, nuevamente como en el directorio telefónico, su actualización no depende del costo del servicio telefónico, es decir la actualización predial, no debe depender del impuesto predial.

Ahora bien, esta bien intencionada política, depende de varias acciones, que me temo, no van a la velocidad esperada. Algunas de estas son: la modernización institucional del Igac; la actualización tecnológica de los sistemas de información cartográficos, catastrales y registrales, para que estos compartan información; la creación de los gestores catastrales; y la estandarización de las bases de datos que permitan darle valor agregado a las bases de datos catastrales. Esperemos que pronto reaccionen y podamos actualizar la tenencia de la tierra en el país y mejorar en el indicador del “Doing Business”, entre otros.

Es el ex subdirector general territorial del Departamento Nacional de Planeación. Estudió economía, una maestría en asuntos internacionalez y se doctoró en estudios políticos. Sus áres de interés son la planeación, la inversión pública y el desarrollo territorial.