Profesor de Banca y Finanzas (Economista - Especializado - MBA - Experto Pensional).

La respuesta a la pregunta es no. Pero antes de explicar por qué, debemos recordar que:

  1. La reforma pensional desea modificar el Sistema General de Pensiones (SGP), que lo integran el Régimen de Prima Media (RPM), administrado por Colpensiones, y el Régimen de Ahorro Individual (RAI), el cual es administrado por los Fondos Privados de Pensiones (4 hoy en Colombia). 
  2. El 73,14% de los afiliados al SGP los tiene el RAI (Fondos Privados de pensiones) y el 26,86% restante está afiliado al RPM (Colpensiones). El total de afiliados al SGP supera los 25 millones, lo triste en este punto es que solo el 38,51% de ellos cotiza debido a la alta tasa de desempleo y a la informalidad laboral. 
  3. Paradójicamente, el 85% de los pensionados dentro del SGP los tiene el RPM (Colpensiones) y el 15% restante el RAI (Fondos Privados de Pensiones). Debo aclarar que el argumento que afirma que Colpensiones trae un número alto de pensionados desde antes de la ley 100 del 93 (cuando era el Instituto de Seguros Sociales – ISS) no es válido porque después de 28 años de entrar en vigencia la ley citada muchos de los antiguos pensionados y sus beneficiarios han fallecido. Ahora las estadísticas mensuales de pensionados dentro del RPM, por ejemplo, en la última década, es superior y en ocasiones dobla y más al número de pensionados dentro del RAI. 
  4. Los problemas más relevantes del SGP son: (4.1) la cobertura ha permanecido estable desde antes de la ley 100 del 93, es decir, entorno al 28%, con lo cual solo una persona de cada cuatro en edad de pensión disfruta de este privilegio; (4.2) el déficit pensional total en Colombia está entorno al 4% del Producto Interno Bruto (PIB), aclarando que al RPM administrado por Colpensiones le corresponde o es responsable de alrededor del 1,5% de dicho déficit, calculado sobre el PIB; y (4.3) la regresividad e inequidad se da en el hecho que el 40% de los ingresos más altos se llevan el 73,1% de los subsidios dentro del RPM. 
  5. El objetivo sublime del SGP es pensionar, no es ningún otro. Es decir, no es otorgar devoluciones de saldos o indemnizaciones sustitutivas en lugar de pensiones de vejez. Por lo tanto, la reforma pensional no logrará eliminar los problemas del sistema y alcanzar su objetivo principal por sí sola; necesita del concurso de las reformas en los temas laboral y tributario, por lo menos.

Ahora, la reforma pensional de pilares propuesta por Gustavo Petro es la más integral y adecuada en razón a que mitiga y/o soluciona los tres problemas descritos. Veamos:

  1. Al constituirse un pilar público en donde todos los afiliados al SGP cotizarán hasta sobre 4 salarios mínimos mensuales legales vigente (Smmlv) se retornan las cotizaciones al RPM. Recordemos que la ley 100 de 1993, al dar vía libre al RAI, hizo que los cotizantes del ISS, es decir del RPM, migraran a los fondos privados. Al darse dicho retorno de los aportes al fondo común de naturaleza pública estos aportarán a la financiación de las pensiones ya asignadas, como también disminuirán y/o eliminarán el déficit pensional del régimen citado.
  2. Disminuyéndose el déficit al retornar los aportes hasta sobre 4 Smmlv, el Estado libera unos recursos (que son del Estado, no de los ahorradores), con los cuales financiará un Ingreso Vital Básico (IVB) de $500.000 pesos mensuales para 3 millones de personas que teniendo la edad de pensión no tienen ese beneficio, siendo clasificadas como población vulnerable.
  3. La cobertura se ampliará en razón al punto anterior donde muchas más personas podrán tener un apoyo económico, a pesar que el IVB no sea una pensión de acuerdo con la normatividad de nuestro país, y como resultado de una adecuada reforma laboral que reduzca la tasa de desempleo, con lo cual se facilite el cumplimiento de los requisitos o condiciones pensionales a más personas. 
  4. El pilar privado, estará dado por el aporte obligatorio que realizarán las personas que ganen más de 4 Smmlv y a partir de este monto de ingreso. Dicho aporte irá al fondo privado de pensiones que el trabajador escoja. Con lo cual lo cotizado en el pilar público más lo cotizado en el pilar privado determinarán el valor de la pensión. Lo anterior, sin dejar de lado que las personas podrán (como algunos lo hacen hoy), realizar aportes voluntarios a cualquier fondo, los cuales contribuirán a engrosar la pensión en el futuro. 
  5. La inequidad y regresividad del RPM se reducirá o mitigará en razón a que dicho régimen no otorgará de ahora en adelante subsidios a los altos ingresos, es decir, a las altas pensiones, sino que habrá un tope a dichos subsidios, el cual será los 4 Smmlv.
  6. Los montos de pensión mejorarán globalmente, gracias a que es más favorable pensionarse con el RPM que con el RAI. Lo anterior en razón a la “tasa de reemplazo”, que es el porcentaje de pensión que obtiene un cotizante sobre su promedio salarial de cotización al SGP. La tasa de reemplazo en el RAI en promedio es del 30%, mientras que en el RPM está entorno al 60%.

En días anteriores el Dr. Santiago Montenegro (presidente de Asofondos) manifestó que la propuesta pensional de Gustavo Petro es una pirámide refiriéndose al RPM y que la puesta en marcha de la misma es acabar con el ahorro pensional de los colombianos. Con respecto a estas afirmaciones debo aclarar que:

  1. Es natural que un representante del gremio de los fondos privados de pensiones defienda el RAI. De hecho, es parte de su rol y creo que eso lo entendemos. Ahora en medio de todo es legítimo, pero con qué argumentos. 
  2. Cuando el Dr. Montenegro se refiere a una pirámide, plantea o describe la estructura del fondo común de naturaleza pública del RPM, en donde los aportantes están en la base de la pirámide y con sus aportes contribuyen a la financiación del pago de la mesada de los ya pensionados, que se ubican en la punta de dicha pirámide. Esta estructura ha otorgado por años las pensiones correspondientes y, en mi conocimiento, no le ha fallado a ningún pensionado. Estructura que igualmente funciona en otros países del mundo. Por el contrario, el RAI en otros momentos ha tenido dificultades para poder soportar las pensiones de algunas personas. Recordemos el decreto 558 de 2020 que en uno de sus puntos citaba la posibilidad de realizar un traslado masivo de pensionados en la modalidad de “retiro programado” hacia el RPM, en razón a no tener los recursos suficientes para garantizarles a esos pensionados por lo menos 1 Smmlv como mesada. Pienso que Montenegro quiere asociar al RPM con las famosas pirámides que en algún otro momento de nuestra historia trajeron dificultades de diferente orden a nuestra sociedad. Esta es una situación o asociación que no es adecuada, ni comparable con la estructura descrita.
  3. “Las cifras muestran que en los últimos 12 años cerca de 1.5 millones de personas se han trasladado del RAI al RPM” (Fasecolda, 2020). Aquí debo mencionar que no a todas las personas les es conveniente el trasladarse del RAI al RPM o viceversa. Esta decisión se debe tomar con cabeza fría, después de la doble asesoría o posterior a una consultoría pensional especializada, en razón de que cada caso es totalmente particular, singular y único. Ahora, quienes han retornado al RPM por supuesto tienen la certeza de encontrar un mejor futuro pensional (recordemos las diferencias en las tasas de reemplazo).
  4. Hoy más que nunca el RAI manifiesta que una de sus virtudes es la rentabilidad, que por supuesto es fluctuante y que jamás se equiparará con los subsidios que otorga el RPM. Con lo cual, si en algún momento se estableciera el traslado de los ahorros pensionales del RAI al RPM, beneficiaría a diferentes personas (de acuerdo con los resultados de la doble asesoría o consultoría pensional especializada). Es pertinente mencionar que hoy existen situaciones en las cuales les es más favorable a algunas personas el RAI. 
  5. Al entrar en vigencia la reforma pensional descrita, quienes perderían serían los fondos privados de pensiones, al dejar de administrar los recursos o ahorros pensionales de muchos de sus afiliados. En donde debemos tener en cuenta que la propuesta pensional planteada crearía un fondo público de capitalización que competiría con los fondos privados de pensiones dentro del RAI y que sus utilidades, que pueden ser billonarias, aportarían a la financiación de más pensiones.

Por todo lo anterior, es claro que la propuesta pensional del hoy presidente Petro no acaba con el ahorro pensional en Colombia. Al contrario, facilitará y contribuirá al objetivo de mitigar y/o solucionar las problemáticas del SGP, otorgando una mejor calidad de vida a nuestros adultos mayores.

Economista - Especializado en Pedagogía y Docencia Universitaria, con Maestría en Dirección y Administración de Empresas (MBA) - Docente Universitario (3.200 horas de clase presencial). Experiencia en el área de planeación y seguimiento de proyectos - Dirección y manejo de personal (comercial...