Este es un espacio de debate que no compromete la opinión de La Silla Vacía ni de sus aliados.
Los políticos mienten, ya sea con promesas vacías, verdades a medias o mentiras completas, sin ningún tipo vergüenza, pero lo hacen. Y como la mayoría de las veces pueden hacerlo impunemente, lo siguen haciendo.
Sin embargo, ese “beneficio” para los políticos no se extiende a las empresas públicas, muchos menos a las empresas de energía en Colombia. La regulación eléctrica colombiana es inmensa y tremendamente robusta, y una parte importante de ella se dedica a proteger a los usuarios finales.
Por más que un político quiera usar decisiones empresariales para su beneficio, eso no pone a las empresas por encima de la regulación. Por eso, el comportamiento de Empresas Públicas de Medellín (EPM) con respecto a la “congelada” falsa de las tarifas de energía podría estar incumpliendo la regulación en 3 elementos graves: transparencia, interés colectivo y decisiones de los usuarios.
1.Transparencia
La semana pasada, mediante un derecho de petición, quedó en evidencia que el congelamiento de tarifas de Empresas Públicas de Medellín era falso, ya que estas subirían en enero por la aplicación de una opción tarifaria. A pesar del documento oficial, en su cuenta de Twitter pretenden “aclarar” confundiendo más a los usuarios.
EPM se permite aclarar a nuestros usuarios de energía de Antioquia, que las tarifas de este año SÍ verán un efecto tipo congelación entre los meses de junio y diciembre de este 2023. Adicionalmente habrá reducción del precio de la tarifa en los meses intermedios. Esto beneficia a…
— EPM estamos ahí (@EPMestamosahi) June 29, 2023
El tema es que la resolución Creg 080 de 2019, donde se definen las reglas de mercado para los agentes, exige transparencia y claridad para los usuarios. Confundir y dar información poco clara a los usuarios es penalizable.
“Artículo 7. Información para la toma de decisiones por parte de los usuarios. La información suministrada por los agentes mencionados en el artículo 2 de la presente resolución debe permitir y facilitar su comparación y comprensión por parte de los usuarios frente a los diferentes productos y servicios ofrecidos en el mercado.
Artículo 15 Numeral 2. Proveer información cierta, suficiente, clara y oportuna a los usuarios que componen la demanda respecto de: a) los productos y servicios ofrecidos b) los derechos y obligaciones de los usuarios c) los precios que se cobran por los productos y servicios ofrecidos”
EPM tiene un documento público en su página web donde se adhiere y promete el cumplimiento de dicha resolución. Aun así, evitó contestarle a los usuarios por canales normales, y forzó un derecho de petición.
¿Está fallando la empresa en suministrar información suficiente y oportuna? ¿Las comunicaciones posteriores son realmente claras y ciertas? ¿Seguir diciéndole “congelamiento” a la opción tarifaria va en contra vía de facilitar la comprensión de los usuarios frente al mercado?
2.Intereses de los usuarios
El alcalde de Medellín es la cabeza de la junta directiva de EPM. Él puede tomar decisiones de la empresa, pero en este caso aplicó un aplazamiento de las tarifas para “cumplir” una promesa de campaña, dónde él sería el beneficiado de corto plazo. Sin embargo, en enero la tarifa va a aumentar para que los usuarios paguen lo que se “congeló”.
EPM, como las empresas del sector, debe velar por la libre competencia y el beneficio de los usuarios. En la sección 9 del documento de soporte de la resolución Creg 080 de 2019 (que establece las reglas de comportamiento de los agentes), se describe un comportamiento que va en contra de estos elementos.

“Si un comercializador debe atender múltiples intereses, su interés privado puede afectar negativamente el de los usuarios. En el marco de la prestación de un servicio público esencial, las decisiones de los comercializadores se deben tomar en beneficio del usuario”.
¿Acaso la opción tarifaria y el hermetismo en las comunicaciones va en beneficio de los usuarios? Se podría argumentar que, al ser una promesa de campaña del alcalde, eso es lo que los usuarios de Medellín quieren.
Sin embargo, según EPM la opción tarifaria se aplica para 7 millones de personas, de los cuales la gran mayoría no viven en Medellín. ¿EPM está velando por los intereses de estas personas en Antioquia? Esta decisión potencialmente afecta la competencia. ¿Se hizo un análisis de competencia desde la junta directiva?
3. Nadie me preguntó
En los días posteriores a la publicación del derecho de petición, algunos usuarios se preguntaban en redes sociales si podían decidir no acceder a la opción tarifaria, es decir, no tener el “congelamiento” y pagar el aumento de la tarifa de a poquitos y evitar un aumento abrupto en enero.
Para “congelar” las tarifas, EPM se apoyó regulatoriamente en la Resolución Creg 012 de 2020. Sin embargo, al mirar el artículo 9 de dicha resolución hay un elemento importante.

Para que EPM reconociera que “el congelamiento” era una opción tarifaria, fue necesario un derecho de petición. ¿Dónde está la explicación de que se trata de una opción tarifaria? ¿Por qué no hay anuncios en el periódico, en la página web y en la factura? ¿Dónde está el portal web para que los usuarios digan si quieren o no el congelamiento?
4.Preguntas finales
Estos tres elementos generan unas dudas adicionales sobre el comportamiento de la empresa, ya que estos son denunciables frente a las Superintendencias de Industria y Comercio y Servicios Públicos Domiciliarios.
¿Alguien en la empresa calculó el posible impacto reputacional o financiero de ir en contra de la regulación de transparencia y libre competencia? ¿Cuánto le va a costar esto a la empresa y al municipio? ¿Cuál fue la posición de los miembros de junta expertos en competencia y de los vocales control (que deben proteger a los ciudadanos)?
¿Dónde están las salvaguardas para estos comportamientos en el control interno de EPM? ¿Por qué el gerente de la empresa no está en función hablarle con trasparencia a los grupos de interés? Y sobre todas las cosas: ¿por qué EPM le miente a los ciudadanos de Medellín que son sus dueños?