Un fallo de la Corte Constitucional que está por ver la luz, y que reveló este domingo Noticias Caracol, da el primer paso para ponerle tatequieto a las expulsiones de migrantes venezolanos que ha impulsado el gobierno de Iván Duque, sobre todo, desde días posteriores al Paro del 21 de noviembre de 2019.

La Corte les dio la razón a siete migrantes que, por medio de una tutela, pidieron tumbar las resoluciones con las que Migración Colombia ordenó su expulsión el 24 de noviembre de ese año.

Ellos hacen parte de un grupo de 59 venezolanos que, ante las cámaras de noticieros de televisión, fueron presentados en su momento como delincuentes. Un caso que explicó de manera detallada una investigación de La Silla Vacía y Armando.info hace casi un mes.

La conclusión del tribunal fue que les violaron “el debido proceso y el principio de la dignidad humana”.

La historia

En medio de los disturbios posteriores a la masiva movilización del 21N, el 23 de noviembre la Policía de Bogotá hizo una redada a un costado de Corabastos en Patio Bonito, localidad de Kennedy, en Bogotá, y empezó a llevarse venezolanos de los sitios donde se hospedaban.

A los 59 venezolanos los llevó la Policía al Centro de Traslado por Protección de Puente Aranda, donde había una sala para extranjeros.

“Nos pedían la cédula. ¿Venezolano? Vas pa’ arriba”, contó uno de los 59. pic.twitter.com/i6NVbsWgsz

— La Silla Vacía (@lasillavacia) December 13, 2021

Antes de expulsarlos, a los 59 venezolanos los hicieron firmar sus notificaciones de expulsión y una constancia de buen trato.

“Yo firmé ese papel porque era obligatorio, me dijeron que tenía que firmarlo. Todos firmamos por obligación”, nos dijo uno.

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A los 59 venezolanos no les dijeron de qué los acusaban, pero lo intuían: en un momento les preguntaron cuánto les pagaba el gobierno venezolano por vandalizar o hacer disturbios.

“Cuando pedí ver los videos de las cámaras de seguridad, me dijeron que me callara”, dice uno.

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La Policía entregó a @MigracionCol a los 59 venezolanos con base en un oficio que del Jefe de Crimen Organizado de @PoliciaBogota, que decía: “fue capturado al encontrarse presuntamente generando actividades y comportamientos contrarios a la convivencia ciudadana durante el paro”

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Los 59 venezolanos salieron el 25 de noviembre de 2019 para la base aérea de Catam, donde abordaron un avión a Puerto Inírida (Guainía).

Las autoridades se preocuparon por tener todas las cámaras de televisión posibles en la operación. pic.twitter.com/7DOTJ4r4Vs

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El avión con los 59 venezolanos expulsados no llegó a Puerto Inírida porque habitantes de esa ciudad bloquearon el aeropuerto.

Se desvió a Puerto Carreño (Vichada), donde pudieron bajarse, pero donde fue atacado el camión que los sacó.https://t.co/Y07eOfIzHN

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Los militares pusieron a los 59 venezolanos en lanchas de lancheros de Puerto Carreño para cruzar el río Orinoco.

Los llevaron a un paso del lado venezolano conocido como El Burro.

Jamás hubo entrega formal a autoridades venezolanas, como prometió el director de @MigracionCol.

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Más allá del caso

La Corte Constitucional pide acciones concretas de Migración Colombia y de la Policía en el caso de los siete venezolanos que pusieron la tutela con ayuda de la Clínica para Migrantes de la Universidad de los Andes.

La @CConstitucional ordenó a @MigracionCol hacer de nuevo el procedimiento sancionatorio contra los 59 venezolanos.

La idea es que precise el motivo para expulsarlos, y si no encuentra los elementos suficientes anular su expulsión y, con la Policía, “ofrecer excusas públicas”.

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Pero va más allá de eso y ordena tomar medidas para, en esencia, impedir que siga creciendo la ola de expulsiones discrecionales contra los migrantes que ha aplicado el Gobierno.

La Silla Vacía y Armando.info, en una reciente investigación, explicaron cómo esa figura la ha venido aplicando el gobierno de Iván Duque de manera arbitraria, sobre todo en contextos de protesta social.

Las expulsiones discrecionales están permitidas cuando los extranjeros, por ejemplo, representan un peligro para la seguridad nacional, el orden público o la salud pública.

La mayoría de extranjeros detenidos en Colombia no ha representado un peligro para la seguridad nacional y las expulsiones discrecionales no habían sido frecuentes, pero en los últimos años han pasado a ser no solo muy comunes, sino mayoritarias, sobre todo contra los venezolanos.

Si bien las expulsiones discrecionales de venezolanos han ido aumentando paulatinamente, ha habido ciertos picos, como el de noviembre de 2019, cuando hubo 186.

¿Y qué pasó ese mes?

El Paro nacional.

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Varios formatos de traslado por protección, figura bajo la que detuvieron a los venezolanos durante el Paro, dicen que los llevaron a los CAI porque “presenta comportamiento agresivo o temerario”.

Pero varios dicen que firmaron los formatos sin darse cuenta de eso. pic.twitter.com/t0r1VvcD4b

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La estigmatización volvió para el Paro que comenzó el 28 de abril de 2021.

Pero las cifras desmienten que los culpables del caos fueran migrantes: según la Policía, para el 3 de mayo había capturado a 431 personas. 14 eran venezolanas.

Para el 5 de julio eran 30.

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@MigracionCol toma la decisión sobre qué extranjeros expulsar del país, pero

➡️No verifica los informes en los que se basa porque no es su competencia.

➡️No se atreve a poner en duda a la @PoliciaColombia, el @COL_EJERCITO ni a ninguna autoridad de inteligencia.

— La Silla Vacía (@lasillavacia) November 7, 2021

En otras dos investigaciones, La Silla documentó otros dos casos, adicionales al de los 59 venezolanos expulsados, que retratan bien ese lado oscuro de la política migratoria de Iván Duque, un presidente hasta ahora reconocido a nivel internacional por la puesta en marcha de políticas de integración de los migrantes.

Prohibido volver: el triste destino de Miguel Calderón (la historia de un domiciliario que, por grabar el edificio donde vive Duque, terminó expulsado y tratado como espía).

Expulsados con la muerte a cuestas (la historia de una joven pareja de venezolanos, expulsados durante las protestas de 2020, que intenta llegar a Ecuador atravesando Colombia).

La Corte Constitucional les ordena en su fallo a la Policía, a Migración Colombia y al Centro de Traslado por Protección de Puente Aranda “abstenerse de realizar procedimientos de expulsión de extranjeros a través del mecanismo de traslado por protección”.

Ese mecanismo, no es oficialmente una captura, y por eso mismo no obliga a presentar a los detenidos ante un fiscal o ante un juez que evaluar si hay motivos que justificaran su detención.