El fallo de la Corte sobre matrimonio gay fue 9-0. Y aunque no era lo esperado por las parejas homosexuales pues les siguen negando su derecho al matrimonio, constituye un avance que la Corte haya reconocido explícitamente que hay un evidente ‘déficit de protección constitucional’ a las parejas gay y que el Congreso tiene dos legislaturas para emitir una ley que le ponga punto final a la discriminación. Y que si el Congreso no lo resuelve pueden acudir a notarías y juzgados a formalizar solemnemente su vínculo para que la familia tenga los mismos efectos de una familia heterosexual.
Toca ver cuando salga la sentencia qué tantos dientes tiene realmente. Pero sí es un logro que hayan logrado el 9-0 cuando los magistrados vienen de posiciones tan diferentes. Una perla de esto son dos sentencias emitidas en el último año por dos salas de revisión de la Corte que muestran la abismal distancia entre unos y otros.
Por ejemplo, una sentencia de febrero de este año de la sala de revisión de tutelas integrada por María Victoria Calle, Mauricio González y Luis Ernesto Vargas, con ponencia de este último, que es uno de los magistrados más liberales, concluyó que los gays transexuales presos tienen derecho a usar maquillaje y llevar el pelo largo como parte fundamental de su identidad y ordenó al establecimiento penitenciario de Yopal que iniciara una campaña de capacitación a reclusos y guardias sobre el manejo de los presos de sexualidad diversa.
Mientras que unos meses antes, la sala de revisión de tutelas constituída por Humberto Sierra Porto, Jorge Pretelt y Nilson Pinilla, con ponencia de este último, uno de los magistrados más conservadores, había considerado que no se vulneró el derecho de una presa lesbiana que fue castigada con 30 días de aislamiento en una celda por besar a una compañera porque así lo contemplaba el reglamento.