Ayer la Corte Constitucional decidió permitir la adopción por parejas del mismo sexo solo cuando uno de ellos o ellas busque el hijo biológico del otro miembro de la pareja. La decisión, mas allá de cerrar la puerta a la adopción por parte de una pareja del mismo sexo, crea nuevas desigualdades.

Ayer la Corte Constitucional decidió permitir la adopción por parejas del mismo sexo solo cuando uno de ellos o ellas busque el hijo biológico del otro miembro de la pareja. La decisión, mas allá de cerrar la puerta a la adopción por parte de una pareja del mismo sexo, crea nuevas desigualdades.

Aunque hasta ahora no se conoce la sentencia (que seguramente se demorará bastante en salir, pues hay que elaborar una nueva ponencia y seguramente habrá salvamentos y aclaraciones de voto) ni el comunicado de prensa, la Corte emitió anoche un trino en el que hizo pública la decisión

Las parejas del mismo sexo solo pueden adoptar cuando la solicitud recaiga en el hijo biológico de su compañero o compañera permanente— Corte Constitucional (@CConstitucional) febrero 19, 2015

La decisión refuerza dos posibilidades que la Corte ya había avalado. Una es que un homosexual soltero puede adoptar, como determinó en 2012 en el caso de Chandler Burr; otra, que un miembro de una pareja homosexual puede adoptar a los hijos biológicos de su pareja, como definió en agosto pasado en el caso de las mamás lesbianas.

Lo nuevo es que esta vez la Corte no falló una tutela, que es una decisión que aunque crea un precedente solo aplica para el caso específico, sino que evaluó la constitucionalidad una ley y su decisión es general. En ese sentido, ayer la Corte consolidó esos dos avances.

Según supo La Silla, en la Corte hubo unanimidad en que los derechos de los niños tiene prevalencia, pero hubo discrepancia en cómo aplicar eso en el caso de la adopción. por eso hubo dos votaciones.

En la primera, que culminó con una votación 5-4, el conjuez José Roberto Herrera y el magistrado Luis Guillermo Guerrero lograron imponer su postura de que la decisión de permitir la adopción por parejas homosexuales era de tal calado que quien debía pronunciarse es el Congreso. Sin embargo, no pudimos averiguar si eso implica que la Corte va a imponerle un plazo al Congreso para legislar sobre el punto, como ha ocurrido en otros asuntos.

La segunda decisión fue sobre la adopción del hijo biológico de un miembro de la pareja por parte del compañero permanente del padre o madre. En ese caso, Herrera estuvo del otro lado de la balanza y por eso esa salvedad quedó incluída en el trino, que hasta ahora es la única información oficial de la Corte.

Sisi el trino interpreta fielmente la decisión de los magistrados cinco magistrados que tuvieron la mayoría Herrera más el grupo conservador de los magistrados Jorge Pretelt, Gabriel Mendoza Martelo, Martha Sáchica y Guerrero), ésta va a crear tres nuevas desigualdades.

Las discriminaciones

La primera diferencia que va a crear la sentencia está entre las parejas homosexuales con capacidad económica, pues abre la puerta para que una pareja homosexual que quiera adoptar un hijo lo haga. Para eso necesita que uno de sus miembros tenga un hijo biológico que luego podrá adoptar el otro miembro, algo que no es barato.

Por ejemplo, una pareja de homosexuales puede buscar un vientre de alquiler, y de esa manera asegurar que por lo menos uno de ellos sea padre biológico del menor. Como contó El País de Cali en 2010, aunque no es claro si ese alquiler es legal en Colombia, sí se hace; e igual está la posibilidad de hacerlo en otros países.

Lo mismo ocurre con la inseminación artificial en el caso de las mujeres, que fue el camino que siguieron las llamadas mamás lesbianas, que ganaron un caso paradigmático en la Corte hace menos de un año.

El problema es que esos procedimientos no son baratos: según El Tiempo, en 2011 alquilar un vientre valía entre 13 y 30 millones de pesos, aunque La Silla supo de un caso que costó unos 400 millones; la inseminación es más barata pero un tratamiento completo vale por muy pocoun millón de pesos aunque La Silla supo de un caso que costó 90 – y muchas veces se necesita más de un tratamiento.

Por eso, la decisión de la Corte quiere decir que para las parejas homosexuales quedó abierto un camino pero terminar teniendo un hijo común, pero solo si tienen plata y si no hay problemas de fertilidad.

La segunda desigualdad que crea la decisión estará entre los niños adoptados por solteros heterosexuales y los adoptados por solteros homosexuales.

En principio, al permitir que los dos adopten, la Corte los dejó en una situación igual. Pero si los padres adoptivos deciden formar pareja, se crea una diferencia notoria.

Como el niño adoptado por una persona heterosexual puede ser adoptado por su pareja, si eso ocurre tendrá derecho a muchas cosas, desde heredar de sus dos padres hasta tener un padre o madre en caso de que el que lo adoptó inicialmente fallezca.

En cambio, el niño adoptado por un gay o lesbiana no tendrá acceso a esa protección, y solo por el hecho de que quien lo adoptó tenía una orientación sexual determinada.

Y la tercera diferencia estará entre un hijo adoptivo y uno biológico de una persona homosexual que luego conforme una pareja.

Como el nuevo miembro de la pareja va a poder adoptar al biológico pero no al adoptivo, estos dos van a terminar en situaciones diferentes a pesar de que, en principio, no debería haber diferencia entre ellos.

Nota de la editora: actualizamos la historia el jueves 19 a las 9:45 para agregar la información sobre la discusión en la Corte.

Fui usuario y luego periodista de La Silla Vacía. Tras más de una década haciendo de todo en esta escuela de periodismo, de la que fui director editorial, me fui a ser lector y SuperAmigo. Ahora me desempeño como redactor jefe de El País América Colombia.