La ley 789, que modificó el Código Sustantivo de Trabajo, fue aprobada en el primer mandato del expresidente Álvaro Uribe. Con el objetivo de disminuir los costos de la contratación para los empresarios, se amplió la jornada laboral y se redujeron los recargos dominicales y festivos, entre otras medidas.

En Facebook está circulando un video en el que aparece una captura de pantalla de un trino del senador del Pacto Histórico, Wilson Arias, en el que afirma que el expresidente Álvaro Uribe fue quien quitó el pago de los recargos dominicales y festivos del 100 por ciento, las prestaciones sociales a los aprendices y modificó el recargo nocturno para que iniciara a partir de las 9 P.M.

La usuaria del video asegura que esto es falso, ya que “Uribe no nos quitó (a los colombianos) absolutamente nada”.

Como el video cuenta con más de 29 mil visualizaciones, le pasamos el Detector de Mentiras y verificamos que es falso ya que, contrario a lo que afirma la protagonista de la publicación, las modificaciones de las condiciones laborales que mencionó el senador Arias en su trino, sí fueron realizadas e impulsadas por el gobierno del expresidente Álvaro Uribe Vélez.

Así se ve la publicación:

El trino que incluye la usuaria en su video es uno que realizó el senador del Pacto Histórico, Wilson Arias, sobre las modificaciones que hizo el expresidente Álvaro Uribe a las condiciones laborales en el país.

¿Quién le quitó al pueblo el pago de recargo dominical y festivo del 100%? ¿Quién le quitó a los aprendices las prestaciones sociales? ¿Quién hizo que el recargo nocturno empezara a las 9 p.m? Sí, @AlvaroUribeVel, el mismo que ahora se presenta como salvador del pueblo obrero.

— Wilson Arias (@wilsonariasc) April 10, 2023

Según él, Uribe quitó el pago de los recargos dominicales y festivos del 100 por ciento, las prestaciones sociales a los aprendices e hizo que el recargo nocturno empezará desde las 9 de la noche. Como la usuaria del video afirma que esto es falso, verificamos cada uno de estos puntos y esto fue lo que encontramos.

En el gobierno de Uribe sí se modificaron los horarios de la jornada laboral

La jornada laboral es el período durante el cual un trabajador debe trabajar para recibir su pago. El horario de la jornada puede ser diurno o nocturno, y esto influye en el mayor o menor monto que recibe el empleado.

Por ejemplo, el trabajo nocturno debe ser remunerado con un recargo del 35 por ciento sobre el trabajo diurno. Actualmente, el valor de una hora de trabajo ordinaria, de lunes a sábado, es de 4.833 pesos, lo que significa que una hora nocturna cuesta 6.525 pesos.

Además, las horas extras de trabajo también se pagan de acuerdo al horario en el que el trabajador laboró: si son durante el día, deben ser remuneradas con un recargo del 25 por ciento sobre el precio de la hora normal; mientras que si son nocturnas, el recargo es del 75 por ciento.

Desde 1950, en el país se estableció que la jornada diurna comprendía las labores que el empleado realizaba entre las 6 a.m. y las 6 p.m., mientras que la jornada nocturna abarcaba desde las 6 p.m. hasta las 6 a.m.

En 2002, durante el primer mandato del expresidente Álvaro Uribe, se llevaron a cabo modificaciones en los horarios de las jornadas. La ley 789, que introdujo cambios en el Código Sustantivo del Trabajo y que fue impulsada por el entonces presidente, extendió ambos períodos: la jornada diurna quedó definida como aquella que se lleva a cabo entre las 6 a.m. y 10 p.m., mientras que la jornada nocturna se estableció entre las 10 p.m. y las 6 a.m.

Sin embargo, los horarios actuales de la jornada laboral no son los mismos que se estipularon en la ley 789. En 2017 se realizaron nuevamente modificaciones y el horario diurno se estableció de 6 a.m. a 9 p.m., mientras que el horario nocturno se fijó de 9 p.m. hasta las 6 a.m.: se redujo una hora. Este es el que está vigente actualmente y al que se refiere puntualmente el senador Arias en su trino.

También se modificaron los recargos dominicales y festivos y el contrato de aprendizaje

Otro de los cambios que trajo la ley 789 de 2002 fue la disminución de los recargos dominicales y festivos, que pasaron de remunerarse con un cargo extra del 100 por ciento al 75 por ciento, como mencionó Arias.

Por ejemplo, una hora ordinaria laborada en cualquier día de la semana cuesta 4.833 pesos. Sin embargo, si un empleado trabaja un domingo o un día festivo, se le paga un porcentaje adicional. Con el recargo actual del 75 por ciento, queda en 8.458 pesos, lo que representa una diferencia de 1.208 pesos menos en comparación con un recargo del 100 por ciento, como era antes de la ley 789.

El otro punto del senador en su trino y que la usuaria del video califica como falso es la modificación que dicha ley hizo a los contratos de aprendizaje (Art. 31). Este es un tipo de contrato especial que permite vincular estudiantes de programas técnicos, tecnológicos y universitarios en empresas para recibir formación profesional y cumplir con los requisitos de sus programas académicos.

El proceso está dividido en dos partes: la etapa lectiva, en la cual el aprendiz o practicante adquiere conocimientos teóricos, y la etapa práctica o productiva. La ley 789 determina que si el aprendiz se encuentra en la etapa lectiva, la empresa o el empleador deben afiliarlo únicamente a la salud, y si está en práctica, el practicante también debe ser afiliado a salud y a una Aseguradora de Riesgos Laborales (ARL). 

Antes de esta ley, los aprendices o practicantes contaban con el pago de todos los aportes a los subsistemas de la seguridad social: salud, pensión y riesgos laborales. Este cambio se dio porque anteriormente el contrato de aprendizaje se asimilaba a un contrato de trabajo, en el que el aprendiz era considerado como un empleado más. En la ley 789 se estableció que el contrato de aprendizaje no implica una relación laboral propiamente dicha, ya que su objetivo principal es formar al aprendiz o practicante para su futura inserción en el mundo laboral.

La reforma laboral del gobierno Petro busca modificar esta ley

Una de las propuestas principales de esta reforma es cambiar la jornada laboral, el costo de las horas extra y de los recargos dominicales y festivos.

En un primer momento, la reforma laboral proponía que la jornada diurna fuera desde las 6 a.m. hasta las 6 p.m., y la nocturna entre las 6 p.m. y las 6 a.m. En la ponencia de la reforma la jornada nocturna quedó desde las 7 p.m. En cualquier caso, se amplía lo que hace que aumente el costo del trabajo nocturno.

Otro de los puntos es incrementar el pago de los dominicales y los festivos, para que el recargo pase nuevamente a ser del 100 por ciento.

Esto ha causado polémica entre empresarios y sectores políticos, ya que la aprobación de estos puntos implicaría el aumento de las responsabilidades económicas que el empleador tiene con sus trabajadores. Sin embargo, en la ponencia se plantea que en el caso de los dominicales sería un cambio transitorio y se iría incrementando entre 2024 y 2026.

En todo caso, la reforma laboral de Petro modifica la ley 789, que fue aprobada en el gobierno de Uribe. Esta última tenía como objetivo reducir los costos de contratación para los empresarios, principalmente de los sectores comercio y turismo, y así incrementar el empleo. Pero, a pesar de que los trabajadores laboraron más, no se generaron más puestos de trabajo, como indican estos artículos académicos, uno publicado por el Banco de la República y otro por una revista científica de la Universidad Tecnológica de Bolívar, y esta historia de La Silla.

En conclusión

Los tres puntos señalados por el senador del Pacto Histórico, Wilson Arias, en su trino son ciertos, pero tienen algunas salvedades. Una, que no altera su punto de que en el gobierno Uribe se disminuyó la jornada nocturna con la ley 789, es que inicialmente se aprobó que la diurna fuera hasta las 10 p.m. y, fue en 2017, cuando se redujo a las 9 p.m. Esa es la que está vigente actualmente y a la que se refiere Arias.

Y, en cuanto a las prestaciones sociales de los contratos de aprendizaje, estas no fueron eliminadas, pero sí reducidas: el estudiante solo tiene derecho a salud durante la etapa de formación y práctica y a riesgos en esta última, pues se dejó de asimilar jurídicamente a un trabajador.

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Periodista de la Universidad de Antioquia. Practicante en el Detector de Mentiras.