De izquierda a derecha, el presidente de Colpensiones, Jaime Dussán; la senadora María José Pizarro; la ministra de Trabajo, Gloria Inés Ramírez, y el presidente del Senado, Iván Name. Foto: MinTrabajo.

En Threads circula una publicación de la Revista Semana que dice que “con la reforma pensional miles de pensionados tendrían que pagar impuesto de renta por su mesada”. El artículo afirma que senadores “pusieron, por ahora, a pagar renta a las pensiones de 3,6 millones en la reforma que se estudiará en tercer debate”.

Publicado por @revistasemana
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Le pasamos el Detector de Mentiras y encontramos que es engañoso. La reforma sí dice que las pensiones que superen los 47 millones de pesos pagarán impuesto de renta, pero no aclara si se refiere al monto mensual o anual. 

Sin embargo, el Ministerio de Trabajo afirmó que se refiere al pago mensual de la pensión, y que en próximos debates evaluarán el ajuste para hacer la claridad. Además, según expertos, si la interpretación es anual, en todo caso por las exenciones actuales, las pensiones que pagarían un impuesto gradual serían las superiores a entre $8,2 y $8,6 millones.

La reforma no aclara si el impuesto a pensionados que superen los $47 millones es mensual o anual

Hoy, el numeral 5 del artículo 206 del Estatuto Tributario establece que no pagan impuesto de renta los pensionados que reciben un pago mensual por debajo de las 1.000 UVT (Unidad de Valor Tributario). Para 2024, la UVT quedó en 47.065 pesos. Es decir, los pensionados que reciben un pago mensual (o mesada) menor a 47 millones de pesos no pagan impuesto de renta.

Como en el país el valor máximo permitido de una mesada pensional es de 25 salarios mínimos (que en 2024 equivale a 32.5 millones de pesos), ese impuesto prácticamente no aplica a nadie.

Sin embargo, expertos como el exdirector de la Dian durante el gobierno de Iván Duque, Lisandro Junco, y el representante del Centro Democrático Óscar Darío Pérez alertaron que la reforma pensional del gobierno de Gustavo Petro cambiaba esto al hacer que las pensiones a partir de los 3.6 millones de pesos mensuales pagaran impuesto de renta. 

La reforma pensional aprobada en segundo debate en el Senado explica en el artículo 84 el tratamiento tributario que tendrán las pensiones; es decir, si les aplicarán o no impuestos.

El numeral 5 afirma que “todas las pensiones, incluyendo las que perciban los residentes colombianos provenientes del exterior, estarán exentas del impuesto sobre la renta”. Pero luego dice: “Estarán gravadas solo en la parte que exceda de 1.000 (mil UVT)”.

Para Junco y Pérez, como la reforma no especifica que fueran 1.000 UVT mensuales, como sí lo dice el Estatuto Tributario actualmente, eso implicaría que la excepción era anual.

Entonces, el límite de 47 millones de pesos se dividiría entre las 13 mesadas que recibe al año un pensionado. El resultado, dicen, es que pagarían impuesto de renta las pensiones mensuales a partir de $3.620.384. 

El viceministro de Empleo dijo que se refieren al pago mensual

Sin embargo, el viceministro de Trabajo, Iván Jaramillo, le dijo a La Silla que eso era falso.

Jaramillo refirió una entrevista que dio a Semana en la que aclaró que el artículo “es claro que se refiere al pago de la mesada pensional, que corresponde a períodos de pago mensuales, como actualmente opera la aplicación del beneficio, según los artículos 135 de la Ley 100 de 1993 y 206 del Estatuto Tributario”. 

El artículo 135 de la Ley 100 establece que las pensiones “estarán gravadas solo en la parte que exceda de veinticinco (25) salarios mínimos”.

El viceministro explicó que a pesar de que no cambiaba con lo que está ahora en la ley, era necesario incluirlo en la reforma “porque se está creando un nuevo sistema de protección a la vejez, la invalidez y la muerte y ese artículo debe ir en consonancia con el artículo 135 de la Ley 100 de 1993, que se interpreta en correlación con lo previsto en el artículo 206 del Estatuto Tributario”.

Frente a si puntualizarían ese articulado con la precisión que el valor es mensual, Jaramillo le dijo a La Silla: “cuando llegue a Cámara evaluaremos los ajustes para clarificar”.

Si se interpreta de forma mensual, pensiones más altas serían las que pagarían el impuesto

El director de Fedesarrollo Luis Fernando Mejía y Oliver Pardo, director del Observatorio Fiscal de la Universidad Javeriana, explicaron que, en todo caso, si se interpreta la reforma pensional como lo hicieron Lisandro Junco y otros, en realidad el monto de la pensión mensual a partir del cual se cobraría el impuesto de renta es mayor a 3.6 millones de pesos.

Como explicaron Mejía y Pardo, hoy, según el artículo 241 del Estatuto Tributario, las primeras 1.090 UVT (51.3 millones de pesos) de la renta no les aplica el impuesto. 

Si a eso se le suma el otro monto que estaría exento según la reforma (1.000 UVT), para Pardo, solo las pensiones mensuales por encima de 8,2 millones de pesos pagarían el impuesto de renta. En todo caso, eso sería gradual. Por ejemplo, Pardo calculó que a una persona con una mesada de 8,3 millones le correspondería un impuesto mensual de 3.270 pesos.

A Mejía, de Fedesarrollo, su cálculo le da que las pensiones por encima de 9 millones de pesos pagarían una tasa progresiva que inicia en 0,8% mensual. “El rango exacto desde que arrancaría los impuestos es desde 8.600.000, pero el impuesto es muy pequeño”, dijo Mejía.

Es decir, si la reforma es interpretada como que las pensiones por encima de 1.000 UVT anuales pagarán impuesto de renta, en todo caso no serán los pensionados con una mesada de $3,6 millones. Según cálculos de expertos, considerando otras exenciones, empezaría a aplicar a quienes reciban como mesada pensional entre 8,2 y 8,6 millones.

Por todo eso calificamos la publicación como engañosa.

Periodista de la unidad de factkchecking de La Silla Vacía. Economista con opción en periodismo y en políticas públicas de la Universidad de los Andes. Escribí en el periódico estudiantil El Uniandino por un año y medio. Luego fui practicante de la Unidad Investigativa de La Silla. También escribo...