Expertos opinan sobre Amelia Pérez y los trinos de su esposo
De izquierda a derecha y de arriba a abajo: Diana Rocío Bernal, Douglas Lorduy, Lina Buchely, Liz Bermúdez Carrillo, Francisco Bernate, María Luisa Rodríguez, Néstor Raúl Correa y María Adelaida Ceballos.

La semana pasada fueron tendencia los trinos de Gregorio Oviedo, el esposo de la candidata más opcionada para ser elegida fiscal, Amelia Pérez. Por Twitter, Oviedo ha insultado a periodistas como Darcy Quinn o Vicky Dávila. Ha hablado de la elección a fiscal, de la Corte Suprema y a favor de Nicolás Petro y su papá. 

Algunos han planteado que los trinos de Oviedo afectarían el desempeño de Pérez al frente de la Fiscalía. La Red de Expertos consultó a algunos su opinión al respecto, y si los trinos de Oviedo deberían tenerse en cuenta en la elección de Pérez como fiscal. Aquí están sus respuestas:

Diana Rocío Bernal

“Evaluar la hoja de vida de Pérez a la luz de las opiniones de su pareja desconoce los principios de meritocracia, autonomía e independencia”

Diana Bernal

Codirectora de la Especialización en derecho médico sanitario y la Maestría en bioderecho y bioética de la Facultad de Jurisprudencia de la Universidad del Rosario

En relación con la evaluación de la hoja de vida de Amelia Pérez, así como de las demás candidatas de la terna que hoy existe para el cargo de Fiscal General, hay que señalar enfáticamente que siquiera revisar, valorar o evaluar su hoja de vida a la luz de las opiniones de su pareja no solo es discriminatorio, sino que desconoce los principios de meritocracia, autonomía e independencia tanto de Pérez, como de cualquiera otra de las postuladas. 

La Corte Suprema de Justicia, al evaluar –y tomándose un tiempo más que suficiente– los excelentes currículos y trayectorias puestas a su disposición para esta elección de fiscal, debe hacer una elección transparente y sin sesgos o prejuicios. Tomar en consideración este hecho sería repetir patrones socioculturales que ligan el desempeño profesional de una mujer al comportamiento personal o profesional de una pareja. Eso no contribuye en nada al compromiso que el Estado tiene de eliminar precisamente toda forma de discriminación hacia la mujer.  

El tiempo que se toma la Corte, no envía un mensaje adecuado en términos de derechos y garantías de las mujeres que aspiran a altos cargo

Francisco Bernate

“El esposo de la señora tiene todo el derecho a proferir ese tipo de insultos y en lo más mínimo debe afectar a una mujer autónoma que nunca dijo eso”

Francisco Bernate

Abogado penalista

Sin lugar a dudas esos trinos que se han conocido resultan confrontadores, agresivos e incómodos para todas las personas allí mencionadas. En cualquier caso, reflejan la opinión y el pensamiento del esposo de Pérez, que fue juez y fiscal, y en ningún caso tienen que favorecer o perjudicar a la candidata en la medida en que ella es una persona autónoma e independiente.

Hacer responsable a una mujer por los trinos que hace su esposo es una forma más de machismo, de invalidar el hecho de que ella piensa de una manera diferente. Incluso, puede compartir todo lo que se dice en los trinos, pero son personas diferentes. Esto no debe afectar en nada a Amelia Pérez. El esposo de la señora tiene todo el derecho, incluso, a proferir ese tipo de afrentas e insultos y en lo más mínimo debe afectar a una mujer autónoma e independiente que nunca dijo eso, que nunca ha expresado eso y que no tiene por qué asumir las consecuencias.

María Adelaida Ceballos

“No hay evidencia de que Pérez piensa como su esposo. Sería distinto si el esposo hubiera sido condenado por delitos contra el bien común, ahí cabría reproche político”

María Adelaida Ceballos

Doctora en derecho de la McGill University. Investigadora en Dejusticia

Los trinos del esposo de Amelia Pérez no deberían afectar su candidatura a la Fiscalía General porque Pérez es una jurista que ha construido, a pulso propio y al margen de su esposo, una reputada trayectoria profesional. Además, no hay evidencia que permita concluir que Pérez piensa igual a su esposo o que es una sesgada defensora del gobierno Petro.

Es machista, y hasta contra evidente, asumir que una mujer necesariamente suscribe las ideas políticas de su esposo y, yendo más lejos, que va a llegar a uno de los cargos más poderosos del país simplemente como ejecutora de la agenda política de su pareja. Pérez merece que su candidatura sea evaluada sobre la base solamente de su propia experiencia, cualificaciones y declaraciones.

Ahora bien, hay que decir que otra cosa ocurriría si el esposo de Pérez fuera condenado por algún delito especialmente lesivo del bienestar común como, por ejemplo, la financiación del paramilitarismo o un crimen de lesa humanidad. En este escenario posiblemente cabría un reproche político hacia Pérez que sí afectaría su candidatura. En un caso así, la enorme gravedad de la conducta haría difícil separar políticamente al condenado de sus familiares más cercanos. Esta no es la situación que Pérez está enfrentando ahora. Los trinos de Oviedo tampoco deberían servir como excusa para que la Corte Suprema siga dilatando la selección de fiscal general.

Douglas Lorduy

“Querer extender las consecuencias del ejercicio que hace de su libertad una persona a otra es crear una figura perversa de delito de opinión de sangre”

Douglas Lorduy Montañez

Abogado consultor, asesor y litigante. Profesor de derecho constitucional de la Universidad del Rosario

En Colombia existen las libertades de pensamiento, expresión y opinión. Estas son el producto de grandes luchas y que constituyen unas de las más significativas conquistas de la humanidad. Son libertades individuales y, por lo mismo, son responsabilidades individuales.

Querer extender las consecuencias del ejercicio que hace de su libertad una persona a otra persona es alterar gravemente el sistema de responsabilidades personales. No solo es restaurar el temido ‘delito de opinión’, propio de regímenes totalitarios, sino además crear una nueva figura más dañina y más perversa: una especie de ‘delito de opinión de sangre’. En este, en virtud de lo que dice un pariente (en este caso, la esposa) vendría a responder por las opiniones de otro, su esposo.

Pero en este caso la situación es aún peor. Se pretende extender las consecuencias de las opiniones de un hombre a su esposa, lo que revive entonces los paradigmas de sumisión y subordinación del patriarcado, ni más ni menos que para restringir el derecho político fundamental a elegir, ser elegido y a ocupar cargos públicos. 

Ahora más que nunca es evidente que las luchas de los feminismos, dentro de su diversidad y pluralismo, deben resistir, persistir y avanzar.

María Luisa Rodríguez

“En el proceso individual de postulación debieron verificar la calidad de la candidata, los trinos se deben obviar”

María Luisa Rodríguez

Ex-Magistrada Auxiliar del Consejo de Estado y de la Corte Constitucional. Profesora de la Universidad Nacional

El proceso de selección, tanto para magistrados de las altas cortes como de fiscal, es un proceso que debe ponderar la experiencia profesional especializada de los candidatos. También debería explorar la ética que ha desempeñado durante su vida profesional y personal ese candidato. Es decir, ya no es tolerable que se puedan presentar candidatos que tengan escándalos en su vida privada.

Entonces, una revisión técnica sobre los aspectos profesionales, sobre las calidades humanas de esa persona y su ética es necesaria, es clave verificar su solvencia moral, personal, académica. Si está o no involucrada en escándalos de corrupción, eso muestra que esa persona no es conveniente. 

Aun así, sabemos que lo privado es político, en especial en las violencias contra las mujeres. Este es un proceso individual de postulación en el cual el presidente y la Corte Suprema debieron haber verificado la calidad de la candidata previamente. 

Por eso no se tiene que hacer un juicio sobre los comportamientos de su pareja, porque finalmente el cargo va a ejercerlo la persona elegida. En las otras campañas que se han hecho para ser elegido a magistrado, funcionarios de altos tribunales o fiscal, no se ha hecho una revisión exhaustiva de las parejas de los candidatos. Eso es invasivo. 

En este caso, los trinos se deben obviar. Lo que importa son las hojas de vida, las trayectorias y la altura de las candidatas. Lo que importa es su moralidad pública. La Corte tiene un deber con los colombianos de seleccionar lo más pronto posible fiscal sin seguir buscando excusas. 

Lina Buchely

“Es el patriarcado operando que asume que los trinos del señor son importantes porque las mujeres no tenemos soberanía intelectual”

Lina Buchely

Directora del Observatorio para la Equidad de las Mujeres en la Escuela de Derecho, Gobierno y Globalización de la Universidad ICESI

No conocía a Amelia Pérez antes de la elección a fiscal, pero después de investigarla, me parece que tiene una trayectoria impresionante. Es una persona que ha hecho y, eso es significativo, un esfuerzo dirigido para estar ahí. 

El argumento de los trinos de la pareja de Amelia Pérez me parece en extremo conservador y no estoy segura de que sean argumentos que estemos dispuestos a enfrentar en una sociedad democrática contemporánea. El primero es un argumento patriarcal ramplón. Es el patriarcado operando que asume que los trinos del señor son importantes, porque las mujeres no tenemos soberanía intelectual ni profesional. Asume que las mujeres no somos autónomas en las decisiones que tomamos en nuestros proyectos de vida, entonces que somos espectros de las voluntades de nuestras parejas varones. 

Es solamente en ese escenario en el que alguien podría concluir que por los trinos de su pareja, la candidata no debería ser tenida en cuenta, debería ser inhabilitada o debería tener menos puntos que las demás. 

La segunda razón es que jurídicamente son inviables los argumentos que están tratando de construir. Todo el aparato del modelo del sistema judicial occidental está montado sobre la individualización de la culpa. Irónicamente, esto no funciona cuando necesitamos imputar de responsabilidad a una mujer porque, como ya sabemos, el sistema es patriarcal, racista, heteronormativo y demás.

Si uno analiza cualquier argumento jurídico, se parte de la responsabilidad individual y no de una corresponsabilidad o de una interdependencia entre el sujeto y su familia. El sistema jurídico occidental pensó que ese tipo de extrapolaciones eran inconvenientes, pero este tipo de argumentos proyectan que las mujeres no tienen soberanía intelectual. Esto no es risible, sino ridículo y discriminatorio. Es decir, los argumentos contra Amelia Pérez son discriminación de género, son violencia política de género y deben ser reconocidos como tales.

Néstor Raúl Correa

“Los trinos sí deberían tenerse en cuenta porque cuando una persona aspira a un cargo importante sacrifica un pedazo de su intimidad y se expone en escrutinio”

Néstor Raúl Correa

Exsecretario ejecutivo de la JEP y conjuez del Consejo de Estado

Considero que los trinos del esposo de Amelia Pérez sí deberían tenerse en cuenta a la hora de evaluar sus posibilidades en la elección de fiscal. Cuando una persona aspira a ocupar el segundo cargo público más importante del país, automáticamente sacrifica un pedazo de su intimidad de manera consciente y acepta exponerse al escrutinio público. Son las reglas del juego. 

Y esa mayor exposición comprende a su marido, pues las personas sólidas (como lo debe ser un fiscal) no se parten en dos: una cara de trabajadora imparcial y otra cara de esposa de un marido fanático y persecutor. Eso no existe: o uno es o no es.

Liz Bermúdez Carrillo

“Es un retroceso para los derechos de las mujeres permitir que las manifestaciones de Oviedo se usen para evaluar las posibilidades de Pérez”

Liz Bermúdez Carrillo

Abogada incidencia nacional y relatora del Observatorio sobre la JEP de la Comisión Colombiana de Juristas

Las tres mujeres ternadas por el presidente tienen una larga trayectoria profesional en la lucha contra la impunidad y la defensa de los derechos humanos. El profesionalismo e imparcialidad de las tres debe valorarse a partir de sus actuaciones como funcionarias públicas. 

Los ataques a la postulación de Amelia Pérez que se fundan en los trinos de Gregorio Oviedo están muy cerca de ser una forma estereotipada y sexista de criticar a una funcionaria pública. Con estos ataques se cae en el clásico sofisma según el cual se juzga a una mujer por las actuaciones de su pareja y se ignoran los logros y experiencia, y en el caso de Pérez su carrera en la Fiscalía y que le tocó exiliarse por sus investigaciones contra el paramilitarismo. 

En una reciente decisión de tutela, el Consejo de Estado reconoció que esta terna conformada por tres mujeres constituye una acción afirmativa. En ese sentido, es un retroceso en el reconocimiento, la garantía de los derechos de las mujeres y la equidad de género en la elección del fiscal permitir que las manifestaciones públicas de Gregorio Oviedo se usen para evaluar las posibilidades de la terna de elección. 

La Corte Suprema debe cumplir con su deber constitucional en el menor tiempo posible y elegir a la funcionaria que va a asumir la Fiscalía. La función trascendental que tiene esa institución requiere que no se postergue más esta elección.