La decisión puede ser apelada, pero será la primera vez que un juez zanje el debate sobre la participación del hermano del expresidente Álvaro Uribe en los ‘12 apóstoles’.

Hoy, un año después de que la Fiscalía pidiera su condena, la defensa de Santiago Uribe, hermano del expresidente Álvaro Uribe, terminó sus alegatos de conclusión que argumentan que no es culpable de conformar el grupo paramilitar los ‘12 apóstoles’, ni del asesinato del conductor Camilo Barrientos.

 

La intervención del defensor, Jaime Granados, tuvo dos ejes: dijo que los testigos clave de la Fiscalía son mentirosos, incongruentes y contradictorios; y pidió que el juez descarte pruebas porque, según él, no cumplen con los requisitos para ser válidas.

El juez primero penal del circuito de Antioquia, Jaime Herrera Niño, dejó el mensaje de que no se demorará demasiado en fallar.

Así, 27 años después de las primeras denuncias por estos hechos habrá, finalmente, una determinación judicial.

Aunque su decisión es de primera instancia y la pueden apelar la Fiscalía, las víctimas o la defensa ante el Tribunal de Antioquia, será la primera vez que un juez zanje las siguientes preguntas sobre el muy sonado caso de Santiago Uribe.

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¿Existieron los ‘12 apóstoles’ y Santiago Uribe participó en el grupo?

Uno de los dos cargos de la Fiscalía contra Santiago Uribe es que participó en un grupo paramilitar llamado los ‘12 apóstoles’ , y que eso constituye el delito de concierto para delinquir agravado.

Para la Fiscalía, está claro que es un grupo creado a inicios de la década de los 90 por comerciantes del norte de Antioquia, principalmente de Yarumal y Campamento, para combatir a la guerrilla y hacer “limpieza social” con apoyo de la Policía.

También, la Fiscalía les atribuye más de 300 asesinatos, con testimonios de que tenía una estructura rural y una urbana, y listas negras de personas que querían asesinar.

La existencia del grupo la sostiene con:

– Más de 10 testimonios, como el del alcalde de Yarumal de la época.

– Reportes de policía judicial, informes recogidos por personerías y la Defensoría Pública de los años en los que supuestamente operaron.

– Fallos del Consejo de Estado de 2012 y 2013, que determinan que el grupo existió y actuó con complicidad de la fuerza pública. En estos casos el Estado fue condenado y obligado a reparar a las víctimas.

Además, varios testimonios de habitantes de la zona, expolicías y exparamilitares sostiene que, Santiago Uribe era el líder principal y financiador de la estructura.

Sobre la existencia del grupo, uno de los argumentos centrales de la defensa de Santiago Uribe es que hay jurisprudencia que dice que los informes de Policía Judicial no tienen valor probatorio dentro de un proceso penal.

Su posición es que buena parte del sustento de la Fiscalía sobre la existencia de los ‘12 apóstoles’ está en ese tipo de documentos. Por eso dice que no hay certeza sobre la existencia de ese grupo, y que en esa medida, su cliente no pudo cometer el delito de concierto para delinquir.

La defensa también argumenta que aún cuando existiera ese grupo, en el proceso no quedó plenamente probada la vinculación de Santiago Uribe, porque los testimonios y pruebas fueron refutadas o no son consistentes (ver punto 3). Además, su cliente lo niega.

 
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¿Se pueden juzgar delitos de hace 27 años?

Además de su presunta vinculación con los ‘12 apóstoles’ , el segundo hecho por el que la Fiscalía acusa a Santiago Uribe es por supuestamente haber sido el determinador del homicidio de Camilo Barrientos, a quien mataron cuando conducía un bus entre Yarumal y Campamento, el 25 de febrero de 1994. 

La pregunta es si todavía se puede juzgar a alguien por eso, ya que han pasado casi 27 años y ya habría prescrito la posibilidad de hacerlo, algo que la Fiscalía busca evitar pues los declaró crímenes de lesa humanidad, y esos delitos no prescriben.

El sustento se da en tres grandes argumentos: 

– El crimen ocurrió en el marco de muchos asesinatos que seguían un patrón, y así no es un caso aislado (dice que estaba en una lista de 25 personas a las que los ‘12 apóstoles’ querían asesinar por ayudar con la guerrilla o por ‘limpieza social’).

– Los ‘12 apóstoles’ eran un grupo paramilitar.

– Los autores trabajaban con el grupo paramilitar. 

La Procuraduría respaldó esa decisión, argumentando que esas características encuadran en los delitos de lesa humanidad porque son competencia de la Corte Penal Internacional; sin embargo, en lo que respecta al homicidio pidió que Santiago Uribe no fuera condenado debido a que no hay pruebas sólidas contra él.

La defensa responde que los delitos no pueden ser de lesa humanidad porque en el caso del concierto para delinquir el equivalente internacional es conspiración y ese crimen no está en la jurisdicción de la Corte Penal Internacional, por lo que hace que prescriba.

Además, dice que el homicidio no encuadra en esos supuestos, pues no habría sido parte de una acción sistemática de un grupo contra la población civil, sino por una rencilla personal entre Barrientos y Alexander Amaya, un policía que ya fue condenado por ese asesinato y quien en el proceso dijo que Santiago Uribe no tuvo que ver.

 
3

¿La Fiscalía sí tiene testigos sólidos?

La Fiscalía sustentó su acusación en cuatro testigos directos, que fueron protagonistas o dicen haber visto de primera mano la participación del hermano del Expresidente en los ‘12 apóstoles’ que son:

Juan Carlos Meneses, 
Comandante de la Policía de Yarumal en el 94, quien aceptó responsabilidad en el asesinato de Camilo Barrientos. 
Dice que se reunió con Santiago Uribe para temas relacionados con ‘los 12 apóstoles’, que sabía que era un grupo paramilitar y que Uribe lideraba el grupo.

Alexander Amaya
Policía, escolta de Meneses cuando éste era comandante en Yarumal  y quien aceptó responsabilidad en el asesinato de Camilo Barrientos. 
Dijo que fue testigo en el 94 de reuniones entre Meneses y Santiago Uribe que tenían como fin hablar de temas relacionados con los ‘12 apóstoles’. Cuando fue citado al juicio dijo que no se acordaba de nada de lo sucedido.

Eunicio Pineda
Campesino, vivió en una finca contigua a la hacienda La Carolina, señalada de haber sido centro de operaciones de los ‘12 apóstoles’.
Dice que vio personas armadas en La Carolina, que administraba Santiago Uribe, y que éste era uno de los líderes de esos hombres.

Olguán Agudelo 
Exparamilitar condenado por asesinatos. Dice que perteneció a los ‘12 apóstoles’ .
Dice que vio a Santiago Uribe reunido con paramilitares condenados, como ‘Julián Bolívar’, hablando de temas relacionados con los ‘12 apóstoles’ .

Ellos cuatro son el corazón de las pruebas de la Fiscalía que dice que, aún cuando no todos los testimonios coinciden en todos los detalles, en esencial sí señalan la participación de Santiago Uribe en los ‘12 apóstoles’.

La defensa Uribe cuestionó la credibilidad de ellos cuatro a lo largo de sus seis días de alegatos de conclusión: señaló contradicciones entre ellos y argumentó que otras pruebas muestran que mintieron (vea aquí el twitterazo de La Silla vacía con todos los detalles de los alegatos).

En términos generales, las principales críticas de Granados se dieron así:

– Dijo que mientras Meneses aseguró que se reunió con Santiago Uribe en enero de 1994, en ese momento su cliente estaba en la Feria de Manizales.

– Dijo que las afirmaciones de Amaya tenían tan poco sustento que describió a Santiago Uribe como un hombre “más o menos alto, acuerpado, trigueño clarito”, cuando es bajo, de tez blanca y delgado.

– Cuestionó la credibilidad de Eunicio Pineda aduciendo que tiene esquizofrenia paranoide que genera alucinaciones y distorsiona la realidad. la Fiscalía dice que lo que tiene es estrés postraumático porque los ‘12 apóstoles’ lo torturaron.

– Dijo que Olguán Agudelo se refiere a otro grupo armado que se llamaba ‘Los Costeños’ y no a los ‘12 apóstoles’ y que por esa razón las afirmaciones de ese testigo contra Santiago no tienen sustento.

Granados también le pidió al Juez que no tuviera en cuenta las versiones de Pineda y Meneses, porque no se presentaron en el juicio para ser contrainterrogados por él. Meneses alegó que no declaraba porque la Fiscalía le estaba incumpliendo compromisos.

 
4

¿La Fiscalía tiene como prueba una grabación editada?

Una de las pruebas documentales más importantes de la Fiscalía es una grabación que entregó Juan Carlos Meneses. 

Se trata de una conversación en 2009 entre él y Pedro Benavides, su antecesor en ese cargo, que según la Fiscalía muestra que ambos:

– Recibieron plata de Santiago Uribe para no cumplir sus deberes como comandantes.

– Muestra que los dos estaban buscando cómo evitar líos judiciales por eso.

– Revela que los dos conocían a los miembros los ‘12 apóstoles’.

– Deja claro que las declaraciones del policía Alexander Amaya destaparon esa alianza.

La posición de la Fiscalía, respaldada por la Procuraduría, es que es válida porque Meneses grabó para dejar prueba de un hecho en el que podría salir afectado, temía tanto por su seguridad que terminó saliendo del país, y los dos implicados reconocen sus voces en la grabación.

La defensa dice que esa grabación no se puede usar en una sentencia porque fue grabada sin el consentimiento de Benavides, viola su intimidad, y porque no encaja en las excepciones a ese requisito (que Meneses la hubiera hecho porque era víctima o estaba en presencia de un delito, o para grabar a un victimario). 

Además, en sus alegatos Granados presentó un examen forense en el que los peritos señalan que cuando se habla de Santiago Uribe hay cambios en las características del sonido, por lo que pudo ser editada.

 
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¿Cómo sabían del caso los jefes paramilitares que extraditó Álvaro Uribe?

Además de los cuatro testigos clave, la Fiscalía presentó ocho indirectos, que dicen que sabían que Santiago Uribe hacía parte de los ‘12 apóstoles’ y que ese grupo era un brazo paramilitar.

Son los exjefes paramilitares Salvatore Mancuso, ‘Don Berna’ y ‘Don Mario’, que coinciden en que se lo escucharon a Carlos o Vicente Castaño; y el también exjefe para Pablo Hernán Sierra, que dice que se enteró que en la hacienda La Carolina operaban y entrenaban paramilitares porque era parte del Bloque Metro que también operaba en Antioquia.

Sierra es uno de los testigos claves contra el expresidente Álvaro Uribe en la indagación que tiene por presuntas relaciones con paramilitares. Él lo señala, así como a Santiago, de ser creadores del Bloque Metro.

Sobre ellos cuatro, Granados cuestiona que tienen motivaciones para declarar contra Santiago porque Álvaro Uribe extraditó a varios y los persiguió, que solo aparecieron en 2016 -cuando Santiago fue detenido y el caso escaló mediáticamente-, y que sus testimonios sobre cómo supuestamente supieron de esos hechos son difusas.

Algo similar dice de los otros cuatro testigos indirectos (un personero de la época, el familiar de una víctima de los ‘12 apóstoles’, un policía y un funcionario de la Procuraduría), pues dice que no queda claro cómo supieron.

Para la Fiscalía todos tienen claro cómo se enteraron y por eso sí refuerzan su acusación, que en todo caso tiene otros testigos directos.

 
6

¿Cometió la Fiscalía un error de procedimiento?

Cuando la Fiscalía imputó a Santiago Uribe por su presunta responsabilidad en el asesinato del conductor Camilo Barrientos, dijo que habría sino “coautor impropio” porque compartía la responsabilidad con otras personas de los ‘12 apóstoles’.

Sin embargo, en su acusación, que es una etapa posterior del proceso y el inicio del juicio, dijo que lo acusaba como autor mediato “por aparato criminal”, bajo el argumento de que la muerte se debe a que Barrientos estaba en la lista de 25 personas que los ‘12 apóstoles’ querían asesinar y que independientemente de quién lo matara, sobre Santiago Uribe recaía la orden.

Como explicaron los penalistas Yesis Reyes y Hernan Darío Orozco en esta entrevista a la Silla Académica, la diferencia entre esos dos conceptos proviene de diferentes teorías sobre la responsabilidad penal y de su aterrizaje técnico.

Pero para Granados ese cambio vulnera garantías en la defensa de Santiago Uribe, pues dice que la Fiscalía cambió la hipótesis del delito y así la defensa no se centró sobre lo que lo terminaron acusando.

Además, Granados argumentó que la única prueba de que existiera esa lista son las versiones de testigos, y que en caso de que haya existido, apuntan a que la manejaba la Policía de Yarumal y no Santiago Uribe.

El argumento central de la defensa en cuanto al homicidio de Barrientos, es que ya un juez esclareció ese crimen, hubo condenas y en todo el proceso jamás se nombró a Santiago Uribe. En cambio, se probó que la muerte del conductor fue el resultado de una rencilla personal con el policía Alexander Amaya.

 

Soy coordinadora de la Unidad Investigativa. Comunicadora Social y Periodista de la Universidad Pontificia Bolivariana de Bucaramanga. Antes fui editora de La Silla Santandereana, donde cubrí poder en los dos santanderes y Arauca. Previo a La Silla, fue periodista de política y de la Unidad Investigativa...