Después de que se encontró que un grupo de Facebook instigaba el asesinato de Jerónimo Uribe -hijo del ex presidente Uribe– se puso en marcha un proceso penal contra Nicolás Castro, un estudiante de la Universidad Jorge Tadeo Lozano, que estuvo plagado desde un inicio de múltiples irregularidades y abusos de poder. La Fiscalía, la Dijín, el DAS, y hasta el FBI violaron garantías mínimas.

Con el anuncio de la absolución de Nicolás Castro, está cerca del fin uno de los casos judiciales que ha puesto más en evidencia la arbitrariedad del poder en los últimos años.

La Juez Tercera especializada de Bogotá anunció que pedirá la absolución del joven artista acusado por la Fiscalía del delito de instigación a delinquir con fines de homicidio por supuestamente amenazar en Facebook a Jerónimo Uribe, el hijo del entonces presidente Álvaro Uribe.

La Juez declaró que no se había superado la duda razonable sobre la supuesta culpabilidad de Castro en este caso y que la Fiscalía no había logrado demostrar ni la responsabilidad de Castro, ni los componentes del delito. Aunque su argumentación fue breve, porque la motivación estará en la sentencia que se dará a conocer el 30 de septiembre, el abogado de la defensa dijo que una de las razones de la juez para pedir la absolución es que varias de las pruebas aportadas en contra de Castro se habían obtenido de manera ilícita, violando garantías fundamentales.

Como ya lo había contado Carlos Cortés en La Silla Vacía, en abril de 2010, en su artículo Crónica del falso positivo de Facebook en nueve episodios, el caso de Castro ha estado rodeado de irregularidades desde el principio hasta el fin (aunque el fin del fin solo llegará cuando quede ejecutoriada la sentencia; después del 30 la Fiscalía y Jerónimo Uribe todavía podrían apelar).

Estas son las arbitrariedades más protuberantes:

1

Denuncia es recibida en horas extraoficiales: El Fiscal General Mario Iguarán le recibió a Jerónimo Uribe la denuncia penal a las 5:06 p.m., cuando ya la Fiscalía estaba oficialmente cerrada y ningún ciudadano común y corriente puede radicar una denuncia.

En concreto, la denuncia era por la creación del grupo de Facebook –que tenía 13 seguidores, una foto de Tomás Uribe, en vez de la de su hermano– y el título “Te Vamo’ a Mata’” y una descripción del grupo que explicaba su propósito como: “Un grupo para aquellos que quieren vengarse del bellaco tirano, gobernante legítimo, masacrador, genocida, cobarde, monstruo llamado Álvaro Uribe Vélez, asesinando a su no menos criminal, y no menos barbaro hijo Jerónimo Uribe (…)”.

2

La Dijín hace pesquisa sin orden judicial: a partir de la denuncia, la Dijín de la Policía busca el grupo en Facebook y, aunque no lo encuentra porque ya ha sido borrado, busca en el ‘caché’ de Internet, encuentra el nombre del grupo y de algunos de sus integrantes. Y encuentra que Nicolás Castro ha escrito el siguiente mensaje en el ‘muro’ del grupo, que daría pie para que lo acusaran luego de terrorista y lo metieran preso varios meses: “Este tipo con sus artesanías de Colombia no hace más que explotar indígenas y gente de bajos recursos, además está acusado de plagio en la universidad de los Andes y es bien conocido por acallar ese y otros tipos de problemas que ha tenido al interior de esa universidad, amenazando con matar a quien se le enfrente…hp”.

La Policía cometió una irregularidad al buscar información personal sobre Castro, como la que está en su cuenta de Facebook o la que aparece en su universidad sin orden judicial. Además, según lo dijo el juez que inicialmente había estado a cargo del juicio, la Dijín nunca acreditó qué de todo lo que habían encontrado relacionado con Nicolás Castro correspondía realmente a la persona que hizo parte del grupo. Por esto el juez de ese entonces tumbó esta prueba.

3

Interrogan a Castro sin presencia de su abogado: después de que cinco detectives allanaran con orden judicial la casa de Nicolás Castro e incautaran su computador y el de su hermana menor, Castro acudió a las autoridades a averiguar por los computadores. Allí, según dijeron en ese momento sus abogados a La Silla Vacía, le hicieron un interrogatorio sin la presencia de su abogado, un derecho fundamental al que tiene todo ciudadano.

4

El DAS miente sobre reporte de la Embajada: Diez días después de iniciado el proceso, el DAS le pide a la Embajada de Estados Unidos que le ayude a encontrar información sobre la actividad del grupo de Facebook. Como lo contó ya La Silla Vacía, un día después, la Embajada de Estados Unidos responde por escrito:

“Los números siguientes son las tres más recién [sic] entradas en el sitio ‘Me comprometo a matar a Jerónimo Alberto Uribe, hijo de Álvaro Uribe ’. Las dos primeras direcciones entraron en el sitio en los días 15 y 16 de julio de 2009, y registran en Bogotá, Colombia”. Posteriormente, la Embajada refiere tres direcciones IP de Internet.

La respuesta de la Embajada no dice si esos IP corresponden a los creadores del grupo, ni tampoco dice qué exactamente hicieron allí. Sin embargo, los investigadores del DAS dijeron en su informe que la Embajada había reportado “tres direcciones IP que fueron utilizadas para la creación o modificaciones dentro del grupo”.

El DAS no sólo no fue veraz en su informe, sino que tampoco siguió el procedimiento regular para activar la cooperación internacional en procesos penales. Adicionalmente, durante la etapa inicial la Fiscalía no mostró cómo se había solicitado esta información. Cuando esto fue puesto de presente por la defensa, apareció la carta del DAS, sin el sello de recibido de la Embajada, ni un número de radicación.

Más adelante, la Fiscalía aportó una prueba del FBI que supuestamente mostraba que el creador del grupo había sido Castro. Pero luego, el mismo oficial del FBI no supo explicar de dónde sacó esa información. Inicialmente dijo que se la suministró el jefe de seguridad de Facebook, pero cuando le preguntaron el nombre dijo que no lo sabía porque no lo había hecho directamente sino a través de un enlace. Cuando le pidieron el nombre del enlace dijo que no podía suministrar la información, según contó el abogado actual de Castro, Mario Fernando Parra, a La Silla Vacía.

5

La Dijín se extralimita en el allanamiento autorizado por el juez: la Dijín consigue una orden judicial para inspeccionar el puesto de trabajo de la mamá de Nicolás, que es dueña de una de las IP identificadas por la Embajada de Estados Unidos.

Aunque la orden es restrictiva a su computador y puesto de trabajo, la Dijín visita los talleres de la empresa donde trabaja, entrevista a algunas personas, hace un video, toma imágenes forenses y se lleva tres computadores y dos memorias USB.

6

La Fiscalía no entrega la totalidad de la información que encontró: La Fiscalía no le entregó a la defensa la totalidad de la información que encontró en los computadores, que era fundamental para que esta última pusiera en contexto muchas de las acusaciones contra Castro. Apenas recibieron dos gigas, cuando se recogió mil veces esa cantidad de información, según dijo en su momento el juez que tumbó también esta prueba (y cuya audiencia fue luego revocada por el Tribunal Superior).
 

7

La información fue manipulada: varias de las pruebas encontradas en los computadores no tenían la contundencia que quiso darles la Fiscalía e, incluso, los medios de comunicación, que en la mayoría de los casos reprodujeron todas las declaraciones sin someterlas a ningún escrutinio.

Por ejemplo, la Dijín informó que en los computadores encontraron 35 referencias a Jerónimo Uribe, 1.418 a Álvaro Uribe y 25 a la palabra “rata”. Se llegó a hablar incluso de “documentos” sobre esto. Pero en un informe de los mismos peritos se explica que esto no hacía referencia al caso pues se trataba de archivos grabados automáticamente por el sistema. Es decir, se trataba de palabras que quedan almacenadas por las páginas que se visitan en Internet. ¿Cuántas veces sale “Álvaro Uribe” o “Jerónimo Uribe” en eltiempo.com o elespectador.com?

También se dijo entonces que se habían encontrado 306 conversaciones de Messenger de Nicolás Castro y su novia: “Agh, tengo paranoia (…) miedo, y del miedo pasé a la rabia. Ahora quiero cumplir la amenaza. Maldita mierda de país”, es uno de los fragmentos citados por la Fiscalía.
Pero en su momento la Fiscalía no dijo que en esa misma conversación, Nicolás también le dijo a su novia: “Yo hoy me di cuenta que estaba inscrito en un grupo (…) me metí hace rato pero no me acordaba”. Y le explica que hizo el comentario y que se salió cuando conoció la noticia.

El archivo que remitió la Fiscalía sobre estas conversaciones son chats que, supuestamente, fueron copiados de Messenger y pegados en Word. Y se cree que fueron manipuladas pues en el expediente no aparece una copia digital de la conversación tal cual como ocurrió. Son conversaciones deshilvanadas y muchas veces contradictorias.

La Fiscalía también siguió insistiendo ante los medios y ante el juez que Nicolás Castro era un activista y participaba en grupos de derechos humanos, a pesar de que ya sabía que el activista de derechos humanos era un homónimo de Castro que estudiaba en otra universidad. Y que Castro, el acusado, no era activista de nada.

8

El primer juez que llevó a cabo la audiencia preparatoria del juicio cometió irregularidades: el juez que inicialmente estuvo a cargo de la audiencia preparatoria del juicio y que tumbó varias de las pruebas contra Castro por irregulares, cometió sus propias irregularidades pues no permitió que estas pruebas se debatieran adecuadamente ni con la Fiscalía ni con los abogados de Jerónimo ni con la defensa. Por esta razón, el Tribunal Superior tumbó la audiencia y esta tuvo que adelantarse de nuevo desde cero por la jueza que hoy indicó que el sentido de su fallo era el de absolución.

Soy la directora, fundadora y dueña mayoritaria de La Silla Vacía. Estudié derecho en la Universidad de los Andes y realicé una maestría en periodismo en la Universidad de Columbia en Nueva York. Trabajé como periodista en The Wall Street Journal Americas, El Tiempo y Semana y lideré la creación...